La cantidad será muy inferior a los 13.000 millones reclamadosLa Comisión Europea (CE) ha permitido al Gobierno español que devuelva sólo una parte del céntimo sanitario que declaró ilegal el Tribunal de Justicia de la UE (TUE), dado que la devolución íntegra de lo cobrado indebidamente supondría incumplir la directiva comunitaria que fija el tipo mínimo de dicho tributo, el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH). En febrero, la Justicia europea dictaminó que el céntimo sanitario vulneraba la legislación comunitaria y consideró que no se podía limitar en el tiempo los efectos de la sentencia porque el Gobierno español no actuó de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante diez años. Ello abrió la vía para que los afectados pudieran reclamar la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011, según las estimaciones que las propias autoridades españolas remitieron a Bruselas. Sin embargo, la cantidad que finalmente se devolverá (alrededor de 2.000 millones de euros) será muy inferior a la recaudada, después de que el pasado marzo, el Ministerio de Hacienda remitiera una consulta a la Comisión Europea sobre las posibles consecuencias que podría suponer para España la ejecución de la sentencia del TJUE en aquellos supuestos en los cuales la devolución íntegra de dicho impuesto situara los niveles de imposición en materia de hidrocarburos por debajo de los mínimos exigidos por la directiva europea que regula la fiscalidad energética. Con la devolución de estos ingresos indebidos, la administración tributaria tendrá que abonar también el correspondiente interés de demora -interés legal del dinero vigente a lo largo del periodo en el que aquél resulte exigible-, incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos establezca otro diferente, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite expresamente.