El Tribunal Superior de Justicia falla que pertenecen a la esfera de la intimidadFinalmente, los correos electrónicos del expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa -publicados parcialmente por elEconomista-, no formarán parte de la causa instruida contra el juez titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva, por haber ordenado en dos ocasiones el ingreso en prisión del exbanquero. En un auto dictado este lunes, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso presentado por la defensa de Silva contra el auto dictado el pasado 4 de noviembre por el juez Jesús Gavilán, en el que rechazaba la incorporación de los correos de Blesa que no guardan relación con la investigación por "afectar a la intimidad del perjudicado y ser irrelevantes para esta causa". Cambio de criterio El juez Silva alegaba en su recurso que es curioso que el juez instructor de la causa contra él dictase una resolución -auto de 28 de octubre- y que cinco días después modificase la decisión "exclusivamente" en en base a las manifestaciones de Blesa en su declaración, tres días después, en la que dijo que "los correos pertenecen a la esfera de la intimidad", cuando la anulación o revocación de resoluciones judiciales requiere, o bien un incidente de nulidad de actuaciones o un recurso de una de las partes, cosa que la defensa del juez considera que no ha existido en ningún momento. El auto dado a conocer hoy estima que el recurrido "da cumplimiento a la resolución de 28 de octubre, es sucesivo en el tiempo y lo complementa". Dice también que lleva a efecto lo ordenado en el primero, en concreto, la revisión de los correos por el instructor, y la determinación de a cuales puede acceder o no la defensa, por lo que no modifica el auto ni lo deja sin efecto. El juez Siva ponía en duda que en el plazo de tiempo empleado por el instructor le hubiese dado tiempo a revisar un fichero con cerca de 8.000 correos electrónicos para poder analizarlos. También, la ponente, la magistrada Polo García, rechaza este argumento al considerar que el ponente había explicado en un auto de 22 de noviembre-, que "la lectura completa e íntegra de todos los correos, aparte de innecesaria, es obvio que excedería incluso del tiempo que lleva instruyéndose la presente causa, y esa comprobación y examen se ha circunscrito a los ya reseñados que afectan a la presente causa, más la confirmación del contenido de materia específica de las distintas carpetas...". Frente al argumento de Silva de que los correos contienen "información esencial para comprender su imputación y demuestran el ánimus de los investigados", el TSJ destaca que sólo los que reflejan la "frivolidad y gestión desleal" en la compra" del City National Bank de Miami deben ser incorporados.