Una nueva ley elevará el 50% las actuales multas a la bancaNuevo envite de la Junta de Andalucía contra las prácticas de la banca en el negocio hipotecario. Tras aprobar en abril un decreto que preveía, entre otros aspectos, expropiar tres años el uso de viviendas cuyos inquilinos fueran a ser desahuciados -decreto paralizado por el Constitucional tras el recurso del Gobierno central-, el vicepresidente Diego Valderas presentó ayer un anteproyecto de ley que endurece el régimen sancionador y establece nuevas obligaciones a las entidades -y derechos a los consumidores- que conceden créditos para la compra de vivienda. La concesión de hipotecas en Andalucía cayó en 2012 a 52.537 operaciones, desde las 269.178 de 2006, según el INE. Más documentos y más claros El anteproyecto obliga a bancos y establecimientos de crédito a precisar las cláusulas suelo y techo; si las garantías exigidas alcanzan al resto de bienes del hipotecado más allá de la propia vivienda; de la posibilidad de perder la vivienda en caso de incumplimiento del pago; o a permitir la comparación de la hipoteca en cuestión con una tipo de 150.000 euros a 25 años para poder evaluar qué tipo de interés se ofrece desde distintas entidades. Sin productos adicionales Se prohibe obligar al cliente a contratar productos accesorios a la hipoteca para obtenerla, si el cliente no lo ha solicitado. Sí podrán ofrecerse esos servicios si suponen mejoras en las condiciones del préstamo. El precio de esos productos no superará al de mercado. Avalista: sujeto protegido El avalista queda considerado como sujeto protegido. Tendrá la misma información que el cliente que firme la hipoteca. Cada oficina bancaria tendrá personal y línea de comunicación telefónica explícita para atenderle. El papel del notario, clave El cliente podrá examinar la escritura pública antes de firmarla ante notario; solicitar cambios; y desistir de la firma si no se llega a un acuerdo con la entidad sobre esas modificaciones. Además, el notario estará obligado a comunicar al cliente la existencia de cláusulas abusivas; y a la Junta, que iniciará entonces expediente sancionador a la entidad. Las multas se elevan respecto a la Ley de Consumidores andaluza de 2003 una media del 30 por ciento. Pero la sanción máxima crece un 50 por ciento: 600.000 euros.