Competencia sanciona la fijación de precios en el recargo de los billetesmadrid. El Tribunal de Defensa de la Competencia ha impuesto multas de 6,1 millones de euros a Iberia, Spanair, Air Europa y diversas asociaciones de agencias de viajes por infracciones a la Ley de Defensa de la Competencia, en relación con la fijación de los cargos por emisión de billetes aéreos que cobran las aerolíneas y las agencias.Las agencias de viajes sancionadas constituyen la Cúpula Asociativa de Agencias de Viajes Españolas (CAAVE), que está formada por las asociaciones FEAAV, AEDAVE, AEDAV, AETOR, AMAVE, AUSA y UCAVE. El expediente se abrió el 23 de septiembre de 2004 por una denuncia de la Unión de Consumidores de España contra las líneas aéreas y las asociaciones de agencias de viajes, por incumplir el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia que prohíbe "todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia".El TDC consideró acreditadas diversas infracciones al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia. En primer lugar, destaca la actuación de CAAVE en relación con la negociación colectiva de los cargos por emisión, de la que calificó como "responsables" a todos sus miembros.Acuerdo en los preciosEn segundo lugar, apunta como infracción los acuerdos entre las compañías aéreas Iberia, Spanair y Air Europa con las asociaciones integrantes de CAAVE en relación a los cargos por emisión a cobrar en la venta de billetes aéreos. Por último, destaca en el mismo sentido el acuerdo de reparto de mercado entre Iberia y las asociaciones integrantes de CAAVE. Las aerolíneas han sido multadas con 2,55 millones de euros -Iberia, con 2 millones; Spanair, con 250.000 euros; y Air Europa, con 300.000 euros- mientras que las agencias de viajes tendrán que hacer frente a una multa de 3,59 millones de euros -FEAAV tiene una sanción de 1,66 millones de euros, AEDAVE de 1,47 millones y AEDAV, AETOR, AMAVE, AUSA y UCAVE, de 92.307 euros cada una. Las multas se han impuesto según la facturación de las empresas, el mercado afectado y la duración de la infracción. La resolución del Tribunal pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.