Los dos operadores cierran la puerta a 'terceros' que no se adhieran a su acuerdoTelefónica y Jazztel deberán corregir el contrato por el que acuerdan la compartición de infraestructuras de fibra óptica en el interior de los edificios. Según ha podido saber elEconomista, dicho pacto no recibirá las bendiciones regulatorias debido a una cláusula que prohíbe la reventa de dichos servicios en las verticales de los inmuebles a otros competidores. El asunto se encuentra en una fase muy incipiente, pero eso no impide anticipar los severos obstáculos que deberán esquivar Telefónica y Jazztel en el supuesto de que los implicados desatiendan la nueva inquietud de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Los primeros ejecutivos de Telefónica España, Luis Miguel Gilpérez, y Jazztel, José Miguel García, han tenido constancia documental de esta "preocupación" del regulador. Todavía no existe denuncias sobre ese aspecto ni se ha abierto investigación alguna, simplemente se advierte sobre una circunstancia que podría afectar al correcto funcionamiento del mercado en libre competencia. En concreto, la prohibición de la reventa conculca los principios establecidos por la CMT. La resolución del 12 de febrero de 2009 impone determinadas obligaciones simétricas de acceso a los operadores de telecomunicaciones electrónicas en relación con las redes de fibra de su propiedad que desplieguen en el interior de los edificios. Así, el primer operador que realice las acometidas de fibra en un edificio no podrá ejercer una ocupación exclusiva ni convertirse en barrera para el resto. De lo anterior se desprende que tanto Vodafone como Orange, socios en el negocio de fibra óptica en España, no podrían ofrecer ningún tipo de servicios sobre las infraestructuras verticales desplegadas por Telefónica y Jazztel en edificios en los que hayan realizado las correspondientes obras para la instalación del cableado. En el contrato firmado el pasado otoño, Telefónica y Jazztel recalcaron que su acuerdo de compartición de infraestructuras de fibra óptica, que pretende alcanzar a tres millones de hogares (1,5 millón cada compañía), tenía una carácter abierto. En concreto, cualquier operador podría adherirse al pacto de Telefónica y Jazztel a cambio de otros compromisos de inversión, en sintonía con las disposiciones establecidas previamente por la CMT. Sin embargo, los dos protagonistas del pacto incluyeron una cláusula que ha provocado la inquietud del regulador. Abrir el acuerdo a todos El texto de la discordia precisa que "cada operador que se adhiera al acuerdo, así como los propios Telefónica y Jazztel, no podrá comercializar servicios de cualquier manera que dé lugar a que terceros operadores, que no son parte de ese acuerdo, presten servicios sobre estas infraestructuras al cliente final". Como es conocido, Telefónica está obligada a revender sus servicios de fibra óptica de hasta 30 mbps, pero no sobre conexiones de mayor velocidad, que, precisamente, son las que permite la fibra óptica.