Cree que en este momento no hay riesgo porque ya la ha paralizado el Supremomadrid. La batalla judicial entre Endesa y Gas Natural ha dado un paso más adelante con la decisión que acaba de tomar la Audiencia Nacional: no impondrá medidas cautelares a la aprobación de la oferta de la gasista por la Comisión Nacional de Energía, en contra de lo que ha hecho el Supremo con el Consejo de Ministros y el Mercantil de Madrid por el pacto con Iberdrola.La eléctrica ha recurrido en todas las instancias posibles los procesos de aprobación de la oferta de la gasista y ha tenido éxito en varias de estas denuncias.El Supremo paralizó en su auto de 28 de abril la opa de Gas Natural al apreciar que podría haber peligros por la decisión del acuerdo del Consejo de Ministros. La misma sala ha confirmado su decisión en un auto del 26 de junio después de analizar los recursos presentados por la Administración General de Estado, por Iberdrola y por la propia Gas Natural. En dichos autos, el Supremo se sumó al Juzgado de lo Mercantil y aceptó imponer un aval de 1.000 millones a Endesa para paralizar la oferta de Gas Natural.Dictamen de la CNEEndesa presentó ante el Ministerio de Industria un recurso de alzada a la decisión adoptada por la Comisión Nacional de la Energía el 8 de noviembre de aprobar la opa de Gas Natural con condiciones.La Subsecretaría de Industria decidió el 16 de febrero rechazar este recurso, al tiempo que confirmaba la validez de la decisión de la CNE.Ante esta situación, Endesa decidió llevar el caso ante la Audiencia Nacional donde solicitó la adopción de medidas cautelares, que ahora rechaza este tribunal.En la demanda, la eléctrica se queja de la agregación al expediente de la opa de la segregación en filiales y aportación de las ramas de actividad de transporte secundario y distribución que realizó Gas Natural y por la que fue sancionado por la Comunidad de Madrid.La Audiencia Nacional ha rechazado, por lo tanto, imponer medidas cautelares a la decisión de la Comisión Nacional de la Energía de aprobar la oferta de la gasista catalana. El tribunal considera que en el "momento actual" no se aprecia el llamado periculum in mora -es decir el riesgo de producir pérdidas irrecuperables- ni el fumus boni iuris -la apariencia de buen derecho- que puedan afectar a los intereses públicos de la administración, ni de terceros afectados al ya estar paralizada la operación.Por este motivo, y sin entrar en el fondo de la cuestión, que analizarán posteriormente, la Audiencia rechaza exigir medidas cautelares "por no existir riesgo de pérdida de la finalidad legítima del recurso". El Tribunal se ampara en los otros recursos que tiene puestos Endesa y evita así complicar todavía más la maraña judicial en la que está inmersa esta operación. Ahora tendrá que pronunicarse sobre el fondo de la cuestión.