El juzgado 54 de Madrid no ve intencionalidad en la actuación de la primera 'teleco'MADRID. El juzgado de primera instancia número 54 de Madrid ha estimado que el perjuicio ocasionado por Telefónica a Jazztel por los servicios de la oferta de bucle de abonado es de 695.530 euros, frente a los 337 millones de euros reclamados por la operadora. Jazztel había denunciado a Telefónica de España por considerar que había sufrido serios perjuicios como consecuencia de los retrasos en la entrega del último tramo de la línea telefónica, sobre la que Jazztel implanta sus propios equipos de ADSL para dar servicio al cliente final.En el juicio, Jazztel defendió que los incumplimientos de Telefónica habían retrasado su plan de negocio ocasionándole pérdidas de clientes potenciales y bajas de clientes interesados en su oferta y que, además, había tenido que sobredimensionar su call center para atender quejas y reclamaciones, con el consiguiente daño a su imagen y marca. El juzgado multa a Telefónica pero desestima la pretensión de Jazztel de que se declarara un incumplimiento generalizado ya que, aunque hubo retrasos, Jazztel terminó disponiendo de las centrales que había solicitado. Declara el juzgado, asimismo, que los retrasos de la apertura de centrales sólo obedecen a una culpa leve de Telefónica ya que "no existió ningún tipo de intencionalidad ni voluntad de causar daño".