La entidad tendrá que informar claramente de los peligros existentesLa normativa aprobada ayer exigirá un mayor control a las entidades financieras españolas que colocaron entre clientes minoristas más de 20.000 millones de euros en participaciones preferentes. Para ello, se han creado una serie de restricciones a la comercialización de estos productos que pretenden evitar los escándalos producidos en los últimos tiempos. Según recoge la edición especial del BOE de ayer, estas emisiones habrán de contar a partir de ahora con un tramo dirigido exclusivamente a inversores profesionales de al menos el 50 por ciento del total de la misma, sin que el número total pueda ser inferior y en el caso de emisiones de preferentes, o instrumentos de deuda convertibles de entidades no cotizadas, el valor nominal unitario mínimo será de 100.000 euros. En el caso de las restantes emisiones, el valor nominal unitario mínimo será de 25.000 euros. Además, se intensifican los poderes de control que tiene la CNMV en la comercialización de productos de inversión de riesgo. Por parte de las entidades, se realizará el llamado test Midif -una serie de preguntas sobre cultura financiera- que determinará si el cliente resulta idóneo, de lo contrario se le obligará a escribir de su puño y letra que han sido advertidos de que el producto puede ser peligroso. Cada entidad tendrá que lanzar un folleto que contendrá un resumen en un formato estandarizado, de forma concisa y en un lenguaje no técnico que proporcionará la información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores. Se entenderá por información fundamental aquella que permita comprender la naturaleza y los riesgos inherentes al emisor, el garante y los valores que se les ofrecen o que van a ser admitidos a cotización en un mercado regulado, y que puedan decidir las ofertas de valores que conviene seguir examinando.