En este caso, la consultante y su marido son titulares de una cuenta vivienda, por las aportaciones a la cual han practicado las oportunas deducciones en sus autoliquidaciones del IRPF. Recientemente, han decidido cancelar dicha cuenta, y preguntan qué cantidad deben devolver a la Hacienda Foral de Bizkaia. Afirma la resolución que los consultantes perderán el derecho a las deducciones practicadas en el ejercicio en que cancelen su cuenta vivienda y destinen el saldo de la misma a fines diferentes de la adquisición de la vivienda habitual. La regularización se hará sumando lo deducido, más intereses de demora, a la cuota del Impuesto. (DFB, 03-06-2011)