Se aprueba la Orden de 28 de julio de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado de determinados inmuebles rústicos y urbanos situados en la Comunidad Autónoma de Galicia para los ejercicios 2010 y 2011. Será de aplicación a los inmuebles de naturaleza rústica y urbana, excepto los suelos urbanos o urbanizables sin edificar, edificios enteros, inmuebles que puedan ser demolidos para crear un solar, edificios en los que el plan urbanístico permita más alturas de las que tiene el edificio actualmente, inmuebles que incluyan un uso residencial no privado (hoteles, residencias, etc.), o los que incluyan usos distintos a vivienda, entre otros. (DOG, 19-08-2011)