Se pueden levantar en los próximos días las medidas cautelares dictadas en 2009MADRID. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha abierto la vía para que los bancos acreedores de Martinsa-Fadesa puedan quedarse con bienes de sus filiales después de que la inmobiliaria haya incumplido el calendario de pagos que se estableció en la refinanciación de su deuda en 2008. En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez Pablo González-Carreró ha anulado sólo parcialmente las garantías que tomaron los cerca de 50 bancos, cajas y fondos de inversión que participaron en la operación y que buscaban de esta manera asegurarse aún más el cobro de los créditos concedidos un año antes. El juez ha rescindido las garantías otorgadas por Martinsa-Fadesa en 2008 pero no las que prestaron sus filiales, algunas de las cuales están situadas en el extranjero (en países como Rumanía, Bulgaria, Hungría, Reino Unido o México) y cuentan con activos de interés. La decisión obligará a levantar en los próximos días las medidas cautelares tomadas en enero de 2009, que prohibían a la banca hacerse con los activos aportados por la inmobiliaria y sus filiales como garantía del pago de los préstamos. A esas medidas se opusieron bancos extranjeros como el japonés Shinsei Bank y el brasileño Banco Itau, que también se negaron a renunciar voluntariamente a ejecutar bienes del grupo inmobiliario mientras se cumpliera el plan de pagos fijado dentro del concurso de acreedores. Esas entidades financieras marcaron así distancia con el resto de miembros del sindicato bancario (liderados por La Caixa y Caja Madrid), que sí aceptaron la petición de la administración concursal. Ante la actitud de Shinsei Bank e Itau, los administradores concursales de Martins se vieron obligados a presentar en febrero de 2009 una demanda de rescisión que ha sido estimada sólo parcialmente. El juez Pablo González-Carreró explica que las garantías proporcionadas por la inmobiliaria en la refinanciación de su deuda gravaron casi todo su patrimonio en favor de la banca y en perjuicio de otros acreedores, como proveedores o compradores de vivienda.