El juez condena al presidente de la CEOE a abonar los salarios que le adeudaba la empresaMADRID. El juzgado de primera instancia número 43 de Madrid ha condenado al presidente de la patronal CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, a pagar de su patrimonio el salario adeudado a un trabajador de Air Comet cuyo cobro había garantizado personalmente, informa Efe. La sentencia, fechada el 8 de septiembre y que puede ser recurrida en apelación, obliga a Díaz Ferrán a pagar 2.451,31 euros, más los intereses acumulados por los sueldos impagados correspondientes a los meses de octubre y noviembre de 2009. Según la demanda, interpuesta por el sindicato CGT en representación del trabajador, el 11 de diciembre de 2009 Díaz Ferrán firmó un documento garantizando personalmente el abono de una serie de pagarés y transferencias con los que debían cubrirse los salarios de esos dos meses, y que finalmente no se efectuaron. La representación legal de Díaz Ferrán se opuso a la demanda alegando que el citado documento no constituía un contrato de fianza y que el demandado se limitó a asumir una "garantía de carácter ética o moral". De acuerdo con la sentencia, el objeto del debate era determinar si el documento firmado supone que Díaz Ferrán garantizó con sus bienes personales el pago de los salarios adeudados por Air Comet o sólo contrajo una obligación ética. Patrimonio personal Según la titular del juzgado, si se acude a una interpretación literal del documento, tal como establece la legislación, Díaz Ferrán "afianza el cumplimiento por parte de Air Comet" de la obligación de abonar los sueldos impagados. La sentencia añade que esta interpretación es acorde con la situación de huelga en la que se firmó el documento. En ese contexto, los trabajadores de Air Comet reclamaron "una garantía adicional de cobro" que, según la sentencia, no es otra que el afianzamiento" por Díaz Ferrán "con su patrimonio personal". CGT destacó en un comunicado la "importancia" de la sentencia, ya que, a su juicio, "implica al patrimonio personal del empresario y no al de la compañía, rompiendo el velo jurídico que separa a ambos".