La decisión deja sin efecto la acusación de delito societario por falsear los resultados anualesEl órgano argumenta que no se ha causado perjuicio económico alguno a la entidad bancariamadrid. La Audiencia Nacional ha decidido la nulidad de las actuaciones y el archivo del caso de las cuentas secretas que había abierto BBV en diversos paraísos fiscales, en el que estaban implicados cinco antiguos directivos de la entidad, entre los que se encontraba el ex presidente Emilio Ybarra, tal y como había adelantado elEconomista. El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión, que no es firme, y que deja sin efecto la acusación de delito societario por falseamiento continuado de las cuentas anuales contra los cinco ex ejecutivos del banco. El tribunal estimó las cuestiones previas formuladas antes del comienzo del juicio oral por la defensa de Ybarra, suscritas por el resto de los implicados, por las que exigían el archivo de la causa por no existir perjudicados ni haber causado perjuicio económico alguno a la entidad, pese a que habían ocultado fondos de la entidad en paraísos fiscales por importe de 225 millones de euros. En su resolución, que se basa en varios derechos fundamentales recogidos en la Constitución, como la tutela judicial efectiva y la garantía material de estricta legalidad penal, el juzgado rebate los argumentos sostenidos por el Fiscal Anticorrupción contra la petición de las defensas. Así, señala que la demanda del Fiscal de continuar con el juicio oral "es técnica y jurídicamente imposible" por la inexistencia de perjudicados por el mantenimiento de las "cuentas secretas" en la isla de Jersey y Liechtenstein y porque, "como reconoce la propia Fiscalía, no hay daño económico valorable". A este respecto, el juzgado relaciona su decisión con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y, en concreto, con la sentencia de noviembre pasado, que absolvió a Ybarra del delito de apropiación indebida por los fondos de pensiones que creó el banco para sus consejeros por un importe de 19,24 millones, procedentes de las "cuentas secretas". No existe perjuicioEl auto señala que no existe perjuicio económico porque "los fondos no estaban contabilizados, pero no habían salido del patrimonio del banco". Además, añade que ni BBVA, que dio cuenta de la existencia de esos fondos ocultos a los empleados y accionistas, ni los socios ni terceros interpusieron denuncia alguna por esa causa, por lo que la argumentación del ministerio público de la existencia de múltiples perjudicados "se rechaza de plano". Por estas consideraciones y en relación con la jurisprudencia del Supremo, que establece que es la sociedad jurídica y no los socios los perjudicados directos por determinadas decisiones de sus gestores, el auto califica de "contorsionismo interpretativo" las pretensiones del Fiscal de buscar múltiples perjudicados cuando sólo habría uno, la entidad bancaria, que además, "ha renunciado a reclamar". s Más información sobre este tema en www.eleconomista.es