La defensa de Emilio Ybarra sigue la doctrina del 'caso Abengoa' y alega que no hay perjudicados Los fiscales critican este criterio, ya que se elimina su potestad para perseguir delitos societariosmadrid. El caso de las cuentas secretas del antiguo BBV, donde están acusados, entre otros, el ex presidente de la entidad Emilio Ybarra y el ex consejero delegado Pedro Luis Uriarte, será juzgado dentro de pocos días en la Audiencia Nacional. Pero el juicio oral será corto, ya que previsiblemente, el asunto será archivado, como confirman fuentes jurídicas y de Anticorrupción a elEconomista.La defensa de los acusados ha planteado una cuestión previa pidiendo el archivo, en la que razonan que en el caso no ha habido ningún perjudicado y, por tanto, no se ha cumplido el requisito de existencia en el proceso de denuncia de la persona agraviada. Es decir, como no hay querellas de ningún accionista, la Fiscalía no es competente para perseguir de oficio un delito societario, dice la defensa. Es el mismo razonamiento jurídico que esgrimieron hace sólo una semana los abogados de los acusados en el caso Abengoa, donde se juzgaba un presunto delito de administración desleal en la venta del 3,7 por ciento de Xfera. El magistrado que decidió archivar el asunto Abengoa, José María Vázquez Honrubia (juez central de lo Penal de la Audiencia Nacional) es el mismo que verá el caso de BBV. Y, tal y como cree la Fiscalía Anticorrupción, este caso también será cerrado atendiendo al mismo argumento. Es decir, como no hay denuncia, la Fiscalía no puede erigirse en defensor en un caso en el que no constan perjudicados.Malestar en la FiscalíaCon el archivo del caso Abengoa se ha abierto un precedente muy importante en la persecución de los delitos societarios. Este asunto, y el previsible cierre del caso de las cuentas secretas de BBV, ha generado en la Fiscalía un hondo malestar. "Este criterio supone eliminar del Código Penal el artículo 295 de un plumazo. Increíblemente, el fiscal ya no está legitimado para defender los intereses de los accionistas minoritarios de las grandes compañías, quienes mayoritariamente nunca se enteran de lo que hacen sus administradores, y menos cuando de administrarles deslealmente se trata", afirma un miembro del Ministerio Público. El artículo al que se refiere este fiscal, el 295 del Código Penal, afirma que en los delitos societarios no será precisa la denuncia de la persona agraviada "cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas". En el lado contrario están los que, como el juez Vázquez Honrubia, consideran que el delito societario requiere que haya denuncia de parte. Según argumentó el magistrado en su resolución de archivo del caso Abengoa, este tipo de delitos "exigen inexcusablemente que la administración desleal produzca directamente un perjuicio económico evaluable a sus socios". Es decir, que entre el acto desleal y su consecuencia dañosa debe existir una relación causal directa de perjuicio económico al afectado, quien debe interponer la correspondiente denuncia para que pueda comenzarse el procedimiento.En todo caso, entre los magistrados no hay ni mucho menos unanimidad sobre el criterio seguido por el juez Honrubia. La Fiscalía Anticorrupción prevé recurrir el archivo del caso Abengoa, y no está claro que la Sala que estudie el recurso arrope el criterio del juez central de lo Penal, según las fuentes jurídicas consultadas.Caso sin denunciasAl igual que sucedió con el caso Abengoa, en el asunto de las cuentas secretas de BBV tampoco ha habido denuncias de ningún accionista. El caso lo comenzó a investigar el juez Baltasar Garzón en 2001, tras una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción en la que alertaba de la existencia de cuentas ocultas fuera de la contabilidad del banco. En concreto, se trataba de fondos extracontables del antiguo BBV por más de 37.500 millones de pesetas (unos 225 millones de euros), que salieron a la luz tras la fusión de BBV y Argentaria. El asunto fue desgajado en varias piezas (Alico, Probursa, y un posible blanqueo de dinero procedente del narcotráfico). En su escrito de acusación, comunicado a principios del año pasado, la Fiscalía Anticorrupción pidió dos años y medio de cárcel para Emilio Ybarra, y otros tres años de prisión para el ex consejero delegado Pedro Luis Uriarte y los antiguos vicepresidentes del banco Gervasio Collar y Domingo Ampuero, además de otros dos años y diez meses para Luis Bastida, por cooperador necesario en el asunto de las cuentas secretas.El juez Grande-Marlaska, quien sustituyó durante el año pasado a Garzón, decretó la apertura de juicio oral y acusó a los cinco acusados de un delito continuado de falseamiento de cuentas anuales.