Pide 10 años de prisión para el principal acusado, Miguel Durán, en vez de los 14 inicialesMADRID. Las conclusiones definitivas de la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado en el caso Telecinco han supuesto una reducción de la pena de cárcel pedida para los ocho imputados en el procedimiento. El principal acusado, Miguel Durán (ex director general de la ONCE), se enfrenta ahora a 10 años y y 10 meses de cárcel, en vez de los 14 años que pedía inicialmente la Fiscalía. Los delitos que se le achacan son tres delitos fiscales continuados, dos fiscales, uno contra la Hacienda Pública y otro continuado de falsedad. Anticorrupción también plantea una pena alternativa de 9 años de prisión por siete delitos fiscales y uno societario continuado de falsedad. Las penas para los demás acusados también han sido sensiblemente rebajadas. Santiago Muñoz Machado, Javier de la Rosa, Rafael Álvarez-Buiza, Ángel Medrano, Alfredo Messina, Giovanni Acampora y Juan Carlos López-Cid se enfrentan a penas de prisión de entre un año y 10 meses y nueve años y 10 meses de prisión. Las acusaciones expondrán sus informes finales los próximos días 26 y 29 de enero, mientras que las defensas lo harán los días 5, 7, 8 y 9 de febrero.El caso Telecinco arrancó en 1988, cuando se crearon las televisiones privadas en España. El ex fiscal Anticorrupción Carlos Castresana interpuso una querella contra ocho accionistas de la cadena de televisión acusándoles de delitos continuados contra la Hacienda Pública, falsedad, otorgamiento de contrato simulado y administración desleal. El caso fue instruido por Baltasar Garzón. Entre los imputados también se incluyó a Silvio Berlusconi y a su mano derecha en Forza Italia, Marcello Dell'Utri, acusados de haber ocultado la participación de Finivest, el holding mediático de Il Cavaliere, en el accionariado de Telecinco. Pero finalmente se apeló a su inmunidad por ser jefe de Estado y se le excluyó de la causa. La Audiencia está resolviendo los últimos trámites para volver a imputarles.Apariencia ficticiaAdemás de los delitos contra la Hacienda Pública, Anticorrupción considera que los acusados eran conscientes de que la Ley de Televisión Privada sometía a las sociedades concesionarias a un régimen de transparencia en su composición accionarial que tenía por objeto evitar la concentración de participaciones por encima de los límites autorizados. Pese a ello, "los acusados se concertaron para constituir y sostener indefinidamente mediante una apariencia documental ficticia, una situación de normalidad en la titularidad accionarial, (...) aportando informaciones inveraces al registro y faltando a la verdad".