Ante episodios de emergencia como el coronavirus, es importante conocer qué pueden hacer para protegerse las pymes, así como los trabajadores. Para el especialista empresarial y director de Bios Instala, Javier Zepeda, ante todo es importante tomar en cuenta que la responsabilidad social es primordial. La situación que se vive no solo en México, sino en todo el mundo, deja como lección que tanto las unidades productivas como trabajadores deben estar preparados para cualquier contingencia, considera este empresario.Sin embargo, Zepeda destaca que en el caso de las pymes cobra mayor relevancia porque no cuentan con la misma capacidad de respuesta de las grandes corporaciones para sortear los malos tiempos. Por eso, afirma que para poder afrontar crisis como la actual del coronavirus, con las mínimas pérdidas posibles, deben contar con un plan de contingencia. Si no saben cómo hacerlo, el consejo y asesoría de un profesional, no está de más para que les ayude a diseñar un plan de contingencia que incluya estrategias para afrontar, por ejemplo, un contagio en la plantilla laboral, esquemas de teletrabajo y crédito a los clientes. "Ninguna micro o pequeña empresa posee un plan de contingencia, quizá sí alguna mediana empresa, pero el porcentaje es insignificante", estima Zepeda.Se calcula que en México hay más de 4,1 millones de micro, pequeñas y medianas empresas con una participación del 97,3%, según la Encuesta Nacional sobre productividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Enaproce) 2018 del Inegi. De las cuales, 11.958 son pequeñas y medianas con una participación de mercado del 2,7%.Protección al empleadoCon las medidas que están tomando algunas empresas, el especialista dijo que los trabajadores deben conocer sus derechos. Ante una contingencia sanitaria, el empresario está obligado a suspender la actividad laboral presencial, pero debe seguir pagando el salario por lo menos por un plazo máximo de 30 días. Durante el periodo que dure la contingencia sanitaria, los empresarios deben indicar a todos los empleados del sector privado, que permanezcan a resguardo en sus hogares, teletrabajando o no. Además, está obligado a seguir pagando los salarios, y no puede finalizar la relación laboral, pues solo queda técnicamente suspendida. "Si la contingencia sanitaria dura siete días, durante ese tiempo el trabajador debe permancer en su casa, en ningún caso acudir al centro de trabajo, pero percibiendo al menos el salario mínimo", explicó.Antes de la declaración, el empresario no está obligado, aclaró Zepeda, a aplicar teletrabajo o cualquier otro esquema que reduzca la presencia del empleado en el centro de trabajo. "El empleado puede sugerir a su patrón aplicar el recurso de teletrabajo, que, bien hecho, no mina la productividad, disminuye el estrés del colaborador frente a posibles contagios y contribuye a cumplir las indicaciones de las autoridades respecto al combate del coronavirus", recomendó el especialista.