Empleo
¿Peligra el derecho al trabajo con la nueva reforma laboral?
Jueces para la Democracia considera que la reforma laboral no servirá para crear empleo estable, no combatirá la dualidad del mercado de trabajo e introducirá un peligroso desequilibrio entre las partes de la relación laboral, poniendo en peligro el derecho del trabajo y los valores constitucionales.
En un comunicado, esta asociación de jueces opina que la reforma laboral constituye "uno de los mayores ataques al derecho del trabajo y a las instituciones laborales desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores".
Una reforma "ofensiva e injusta"
La reforma laboral propuesta por el Gobierno es "ofensiva, regresiva, reaccionaria e injusta", según Jueces para la Democracia (JpD), que critica que se haya adoptado a través de un real decreto ley, sin previa negociación con los agentes sociales.
Este colectivo de jueces resalta que la reforma laboral de 2010 y la ley en materia de Seguridad Social de 2011 fueron la antesala a la normativa que ahora plantea el Ejecutivo, contribuyeron a la destrucción de empleo, agravaron la crisis económica y mermaron el sistema público de protección social.
Para JpD, la norma otorga a los empresarios la facultad de disposición "cuasi absoluta" de la prestación laboral y modifica las recientes atribuciones competenciales en materia de extinción de contratos.
Según esta asociación de jueces, la empresa pasa a ser el ámbito preferente de negociación de las condiciones de trabajo y el empresario protagoniza su establecimiento y modificación, debilitando la obligada interlocución con los trabajadores o sus representantes para la adopción de medidas que antes la habían exigido y relegando al mismo tiempo el papel de la Administración.
Jueces para la Democracia señala que el nuevo "contrato indefinido de apoyo a los emprendedores" desvirtúa la propia finalidad del período de prueba, al fijarlo en un año de duración, reconvirtiéndolo en un contrato a término.
Añade que la reforma refuerza el poder unilateral del empresario para promover cambios de puesto de trabajo, distribución de jornada y movilidad geográfica, además de modificar el contenido de los acuerdos que se establecieron en los pactos individuales y colectivos (sobre jornada o salarios).
Precisa que la nueva regulación pretende limitar las facultades de los jueces para valorar las causas de la extinción de contratos, cuando la empresa alegue disminución de ingresos o ventas durante tres trimestres consecutivos, lo que limitará la tutela judicial ante el despido y desincentivará las reclamaciones judiciales por parte de los trabajadores.
Recalca que esta nueva "degradación" de la causalidad en el despido, junto al nuevo contrato "indefinido para emprendedores" y la supresión de la autorización administrativa en despidos colectivos, es contraria al derecho al trabajo consagrado en la Constitución, que integra el derecho a no ser despedido sin una causa justa.