Régimen fiscal justo para los ETFs
elEconomista.es
Los inversores de todo el mundo cada vez se ven más atraídos por los ETFs. Estos son fondos cotizados que replican índices bursátiles. Ahí radica uno de sus principales atractivos: su gestión es pasiva y genera comisiones más bajas que las propias de los fondos tradicionales. Pero estos últimos gozan de una tributación más ventajosa, evidente a la hora de hacer traspasos. Así, un inversor puede vender participaciones de un fondo para comprar las propias de otro acumulando los beneficios, sin tener que declararlos.
Pasar de un ETF a otro, por el contrario, se equipara a una venta de acciones, lo que implica que debe tributarse, con tipos de hasta el 23 por ciento, por las plusvalías. Se trata de una evidente discriminación que, este año, puso de manifiesto la Dirección General de Tributos. El organismo dependiente de Hacienda fue claro al establecer que los ETFs que no cotizan en España entran en el mismo régimen que los fondos tradicionales.
Pero en la próxima primavera se dará un paso más y, lo que hasta ahora es una mera indicación de Tributos, se convertirá en una realidad. Así, los ETFs comunitarios serán fiscalmente equiparados a los fondos tradicionales. Sin duda, el alcance de esta acción será todavía limitado. Los ETFs listados en la bolsa española quedan fuera.
Además, aún es necesaria una adaptación tecnológica de las gestoras para hacer efectivo el cambio. Sin embargo, no cabe minusvalorar los efectos de una reforma que, por fin, abre la puerta a un tratamiento tributario equitativo y justo de los fondos cotizados, que les permitirá competir en igualdad de condiciones con los fondos convencionales. Si estos quieren conservar su atractivo para el inversor, tendrán que elevar sus rentabilidades o bajar comisiones.