"Retoques y precisiones" en los beneficios sociales
El secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, acaba de anunciar en relación a los vales de comida, que está "hablando con los agentes sociales y los colectivos afectados, y que sólo se harán retoques, no se modificará el contenido".
Se refería al varapalo que recibieron esos beneficios sociales facilitados diariamente por unas 15.000 empresas a casi 600.000 trabajadores en cerca de 35.000 restaurantes el 22 de diciembre de 2013, al quedar incluidos por primera vez en las bases de cotización y sufrir empleadores y empleados una subida de esa carga.
Es positiva esa actitud a realizar retoques en una medida que fue adoptada por sorpresa, sin consultar a los agentes sociales y sin medir sus consecuencias, mediante el Real Decreto-ley 16/2013 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad.
Desde entonces, las miles de empresas afectadas hemos expresado precupación, por entender que resultarán perjudicados esos objetivos y, de paso, casi 600.000 hogares que se benefician de las múltiples ventajas de dichos vales, como por ejemplo la conciliación de la vida laboral y familiar, la creación de empleo, la generación de recaudaciones fiscales y de Seguridad Social, muy superiores a sus exenciones y un largo etcétera.
Sin embargo, el añadido en el sentido de que "no se modificará el contenido" del Decreto-ley que incluía en la base de cotización, anulando por primera vez su tradicional exención, mantiene en plena incertidumbre a esas 50.000 empresas afectadas y a sus trabajadores, además de a los hogares de los 600.000 beneficiarios de los mismos.
La principal razón es que, sin modificar los conceptos cambiados por el Decreto-ley, los intereses de todas esas personas y del conjunto de la economía española pueden resultar muy afectados.
El principal error ha sido considerar rentas en especie a esas remuneraciones no salariales facilitadas por las empresas a sus trabajadores, cuando el vale de comida no es salario, pues no remunera horas trabajadas, sino que es un beneficio o prestación social realizada para mejorar las condiciones del trabajo y garantizar el cumplimiento de muchas otras políticas de interés público, como por ejemplo las de inclusión -femenina, familiar, etc-, igualdad de oportunidades, mejora del entorno, etc.
El vale o tarjeta de comida es un beneficio o ayuda social que sirve al trabajador como instrumento para poder acceder a una comida de calidad en horas laborables, cerca del lugar de trabajo y en condiciones sanitarias o de calidad que permiten evitar importantes gastos públicos, como por ejemplo los de sanidad, absentismo laboral, fraude fiscal y laboral.
Ese beneficio social de la comida parte de entender que la alimentación del empleado en horas de trabajo es más que un derecho regulado en España desde el año 1938 por la Ley de comedores de empresa, pues no sólo asegura una nutrición adecuada, sino que también mejora la relación entre el trabajador y la empresa.
De esa manera, resulta igualmente beneficiada la eficiencia económica y social, reduciendo las desigualdades económicas y sociales, entre ellas las existentes entre empresas sin posibilidad de crear comedores de comida o de prescindir de los vales, como son la gran mayoría de las pymes.
Entre tanta precisión y recaudación, la Seguridad Social y Hacienda deberían considerar que con la eliminación de exenciones las empresas pagarán más por sus trabajadores y el empleado no sólo verá mermada su capacidad adquisitiva, sino la calidad de vida propia y la de su familia.Todo ello a costa de la productividad y la consiguiente mejor competitividad de las empresas.