Contencioso administrativo

Los jueces ponen coto al cierre de páginas webs de enlaces 'piratas'



    La Audiencia Nacional acaba de poner coto al cierre de páginas web con contenidos que vulneren derechos de autor por parte de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual. A través de un reciente auto, se revoca la decisión de la Comisión, argumentando que, dado que la web ya había retirado prácticamente todos los contenidos ilegales que contenía, imponer su cierre resultaba desproporcionado.

    El auto, dictado por el Juzgado Central nº 10 de la Audiencia Nacional, y con fecha de 20 de marzo de 2014, afecta a la página Goear, una web que permite escuchar música gratis online, subir canciones mp3, así como crear listas de reproducción y radio a través de Internet. También contiene letras de canciones y partituras.

    Un procedimiento novedoso

    El auto parte de "lo novedoso del procedimiento" del que se ocupa, en el que comparece el Ministerio de Educación, en nombre de la Sección Segunda, a petición de la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi). El ministerio solicita a la Audiencia Nacional la ejecución de las medidas impuestas por la resolución de la Comisión.

    La resolución de la Sección Segunda instaba a la web, en concreto, a retirar el resto de contenidos ilícitos y, en caso de que no se cumpliera en un plazo de 24 horas, pedía a la empresa intermediaria la suspensión del servicio de la web, para lo cuál contaría con un plazo de 72 horas. En caso de no cumplir con este mandato, la intermediaria asumiría la responsabilidad civil, penal o administrativa que corresponda. Todo ello siempre y cuando tal decisión pasase el filtro de la Audiencia Nacional, que no ha superado.

    El ministerio asegura que la medida resulta "objetiva, proporcionada y no discriminatoria", ya que "ante una falta de retirada voluntaria de los contenidos ilícitos, la suspensión del servicio es la única medida que cabe exigir".

    Sin embargo, la Audiencia Nacional llega a la conclusión contraria: recuerda que, en su día, y entre los más de 4 millones de archivos de audio alojados en la página de Goear, se localizaron 6.833 que carecían de la autorización necesaria, manteniéndose esa misma situación en la actualidad ya que, con fecha 11 de febrero de 2014, se realizó un muestreo de 39 obras de las cuales se pudo comprobar que 34 seguían ofreciéndose en la citada página.

    Posteriormente, a fecha 17 de marzo, esas 34 obras han sido suprimidas, algo que alegó la defensa de la web y que, según la Audiencia, también debía haber comunicado la Administración, especialmente teniendo en cuenta que "es obligación de la parte acreditar lo que alega".

    Concluyendo, entre un total de más de cuatro millones de archivos, la Administración ha acreditado que sólo 34 de entre 6.833 no tenían la autorización necesaria, lo que viene a representar un 0,001 por ciento de entre los 4 millones de contenidos.

    A la vista de estas cifras, "no parece adecuado ni proporcional adoptar la medida", dice el auto.