Contencioso administrativo

Comunidades de bienes como sujetos pasivos del IVA



    El Tribunal Supremo en litigios sobre el IVA promovidos por comunidades de bienes ha reconocido que éstas son sujetos pasivos del impuesto poniendo el acento en la circunstancia de que no reconocer a la comunidad de bienes el derecho a la deducción comporta desnaturalizar el impuesto, que dejaría así de ser un tributo sobre el Valor Añadido para convertirse en otra cosa, según el Alto Tribunal una sanción encubierta. Y a la esencia del impuesto pertenece igualmente la obligación/derecho de deducción por quién soportó el impuesto, y no por uno de los socios de la comunidad de bienes.