Contencioso administrativo

La transferencia de aprovechamientos urbanísticos implica registro



    En materia urbanística, la transferencia de aprovechamientos sólo queda consolidada una vez inscrito en el Registro de la Propiedad el proyecto de compensación. Lo recoge esta sentencia del Supremo, con fecha de 24 de febrero de 2011, en la que se trata un asunto relativo al cobro del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en relación con la cesión de aprovechamientos urbanísticos que se consuma antes de la inscripción del proyecto.