Contencioso administrativo

Derogar un RDL implica desautorizar la supresión que introducía



    La decisión del legislador de derogar un Real Decreto de modo expreso, reintroduciendo nuevamente la obligación de pago de los salarios de tramitación en los supuestos de despido improcedente en que el empresario optara por la extinción de la relación laboral, equivale a la desautorización de la supresión que había introducido el RDL. Lo señala esta sentencia de 15 de febrero de 2011, referente al Real Decreto-ley 5/2002, de 24 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad, declarado inconstitucional y nulo por el TC.