Contencioso administrativo
Ha de probarse el resultado ilógico para probar infracción de las reglas de la sana crítica
Para probar infracción de las reglas de la sana crítica no basta con que se alegue esa infracción, sino que resulta preciso que se constate ese resultado arbitrario o ilógico, partiendo de que la valoración de la prueba constituye cometido propio del Tribunal de instancia y sólo excepcionalmente puede modificarse, según sentencia del TS, de 13 de octubre de 2010.