Contencioso administrativo
La negociación de servicios mínimos no es requisito para que la Administración los fije
Ante la posibilidad de huelga, la previa negociación de los servicios mínimos no está excluida, e incluso puede ser deseable, pero no es un requisito indispensable para la validez de la decisión administrativa desde el plano constitucional, según sentencia del TS, de 3 de noviembre de 2010.