Construcción Inmobiliario
La Comunidad reduce el plazo para modificaciones menores en los planes urbanísticos
Así está recogido en el Decreto por el que se Regulan las Modificaciones Puntuales No Sustanciales de Planeamiento Urbanístico, que cuenta con un informe favorable del Consejo de Estado y que hoy ha sido presentado al Consejo de Gobierno por Ana Isabel Mariño, consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
El vicepresidente primero de la Comunidad, Ignacio González, ha explicado que actualmente las modificaciones menores de planeamiento urbanístico siguen prácticamente el mismo procedimiento que la aprobación de un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) completo, algo que "bloquea" en muchos casos la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus terrenos.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, González ha señalado que el Decreto desarrolla un nuevo procedimiento para facilitar que los ayuntamientos puedan obtener nuevos equipamientos públicos sin necesidad de pasar por el "largo" proceso previsto para la aprobación de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
El Decreto define como modificación no sustancial aquella que no supere los 10.000 metros cuadrados -la superficie de un campo de fútbol- y que no afecte negativamente a la movilidad del municipio, al medio ambiente o a las infraestructuras.
La superficie mínima podrá ser superior siempre que la propuesta sea aprobada por mayoría absoluta del pleno municipal y esté justificada por razones de especial interés social o utilidad pública, como por ejemplo la construcción de un polideportivo que ocupe una superficie superior.
El procedimiento se iniciará a propuesta del Ayuntamiento y será sometido a información pública durante un mes para que los ciudadanos puedan presentar alegaciones.
Durante ese plazo deberán emitirse todos los informes legalmente previstos y, una vez estudiadas las alegaciones, se enviará el documento a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.