Civil

Viajes combinados: el seguro responderá en caso de fraude



    La protección de los viajeros contra el riesgo de insolvencia del organizador de un viaje combinado se aplica también cuando la insolvencia se debe al comportamiento fraudulento de éste, según determina una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, dictada ayer, y de la que es ponente el magistrado maltés Borg-Barthet. El fallo aclara que la obligación del organizador del viaje combinado de disponer de garantías suficientes para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso del precio del viaje y la repatriación del viajero, se aplica con independencia de las causas de la insolvencia, tal y como recoge la Directiva sobre viajes combinados. La empresa demandó a su aseguradora, en este caso, por negarse a cubrir tales gastos.