Civil
Las medidas de identificación de clientes en grandes empresas no atenúan su responsabilidad
La adopción de medidas para la perfecta identificación de los clientes no puede constituir un elemento de atenuación de la responsabilidad, sino que supone el cumplimiento de una obligación ordinaria exigible a las empresas que trabajan con grandes volúmenes de datos de carácter personal, según sentencia del TS, de 14 de diciembre de 2010.