Cataluña

El juez condena a Santiago Dexeus a pagar 830.000 euros por difamación y abrir otro consultorio

    Santiago Dexeus. Firma, Luis Moreno


    El ginecólogo Santiago Dexeus deberá indeminizar con 830.000 euros a Consultorio Dexeus por "menoscabar el crédito de Consultorio Dexeus" y por abrir un consultorio independiente en Clínica Tres Torres antes de su marcha del consultorio.

    El Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona ha condenado al ginecólogo Santiago Dexeus a pagar 832.545 euros por injurias al Consultorio Dexeus, tras su jubilación forzosa del centro, y por abrir una consulta como ginecólogo independiente en la Clínica Tres Torres antes del año de su polémica baja del consultorio.

    En la sentencia, la juez considera que el reconocido especialista realizó un acto de "competencia desleal por actos de denigración", al realizar manifestaciones denigrantes, inexactas, falaces, impertinentes y aptas para menoscabar el crédito de Consultorio Dexeus, especializado en ginecología, obstetricia y medicina de reproducción, prosigue.

    Para subsanar daños y perjuicios morales, la juez le condena a pagar 100.000 euros y le obliga a ofrecer notas rectificativas en los medios de comunicación en los que considera que se difundieron informaciones "denigradoras e incorrectas".

    Por otra parte, ha condenado al ginecólogo a pagar 732.545 euros por infringir el contrato acordado en el Reglamento de Régimen Interno al haberse incorporado como especialista independiente a la Clínica Tres Torres tras su salida del Consultorio que lleva el apellido de la conocida saga de ginecólogos.

    Dexeus niega actos desleales de denigración, así como de infringir la cláusula de no competencia desleal, alegando que simplemente desarrollaba su profesión de forma independiente en la citada clínica, donde año después abrió el Centro Ginecológico Santiago Dexeus.

    El Consultorio Dexeus acusa al ginecólogo de acciones de competencia desleal por enviar cartas a mujeres para informarles de su marcha del centro, después de que éste acusara a su vez al mismo de gestionar su marcha forzosa de forma "insultante" entre sus pacientes.

    En julio de 2009, la Audiencia de Barcelona condenó al ginecólogo Santiago Dexeus a transmitir su participación del 24% en Consultorio Dexeus, a favor de sus socios, a la vez que permitió a éstos seguir utilizando su nombre.

    La sentencia consideraba legal la expulsión de la sociedad del ginecólogo, decidida por el resto de socios, ratificando así el laudo dictado por la decana del Colegio de Abogados de Barcelona, Silvia Giménez-Salinas, el 16 de junio 2008.