Alfredo Sáenz podrá permanecer en el Santander al recurrir al Constitucional
Según explicaron a Efe fuentes jurídicas, Saénz tendrá un período de 20 días hábiles para cumplir voluntariamente la sentencia del Supremo, que todavía no ha sido notificada porque no está redactada.
Sin embargo, una vez esté notificada, los abogados del alto directivo podrán solicitar la suspensión cautelar de la sentencia en un recurso ante el Constitucional, que aceptaría esa suspensión con la admisión a trámite de dicho recurso de amparo.
Para conseguir la admisión a trámite, los abogados de Sáenz deben alegar que se han vulnerado los derechos fundamentales del alto directivo.
Las fuentes consultadas por Efe explicaron que el Constitucional suspende normalmente todas las sentencias que imponen condenas de prisión inferiores a 5 años, debido a que el proceso de revisión suele durar una media de dos a tres años, aunque se puede alargar.
Por su parte, la justicia ordinaria (en este caso la Audiencia Provincial de Barcelona) no suele ejecutar las sentencias condenatorias si se le comunica la interposición del correspondiente recurso ante el Constitucional, que en cualquier caso sólo admite una pequeña parte de los recursos que recibe.
Según confirmó hoy Efe, el Tribunal Supremo ha decidido condenar al actual consejero delegado del SANTANDER (SAN.MC)a ocho meses de prisión y a una pena de inhabilitación por intento de estafa procesal y acusación y denuncia falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.
La Sala de lo Penal del Supremo acordó hace tres semanas endurecer la pena que impuso la Audiencia Provincial de Barcelona en diciembre de 2009 a Sáenz, que fue condenado a 6 meses de prisión por el delito de acusación y denuncia falsa pero fue absuelto del de intento de estafa procesal.
El origen de esta causa se remonta a 1994, cuando Banesto emprendió una agresiva estrategia de recuperación de créditos dudosos.
En ese marco, el banco presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra los empresarios Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre, a quienes reclamaba una deuda de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros).
El juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella y decretó medidas de prisión preventiva contra los cuatro industriales (lo que conllevó la condena del juez por prevaricación y detención ilegal por el Supremo en 1996).
Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -ya fallecido y consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde- presentaron la querella contra Sáenz y varios directivos de Banesto, de los que ha sido condenado Miguel Ángel Calama, junto al letrado externo de la entidad Rafael Jiménez de Parga.