Andalucía

Los aranceles a la aceituna negra son una amenaza para la PAC



    Por Antonio de Mora. Secretario general de la Asociación Española de Exportadores e Industriales de Aceitunas de Mesa (Asemesa)

    El 13 de julio de 2017, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos -DoC, por sus siglas en inglés- inició una investigación en materia de derechos compensatorios sobre las importaciones de aceitunas negras procedentes de España. El objetivo de esta investigación fue determinar si los productores y exportadores españoles de aceitunas maduras reciben subvenciones sujetas a derechos compensatorios y, en ese caso, imponer derechos para contrarrestar sus efectos.

    Paralelamente inició otra investigación en materia de dumping para determinar si las aceitunas negras procedentes de España se venden a precios injustos por debajo de los precios razonables de mercado y, por tanto, hacen competencia desleal.

    Aunque no se pueden desligar las dos investigaciones porque el sector californiano acusa a la industria española de vender a precios injustos gracias a las ayudas que recibe el sector de la Unión Europea, el objeto de este artículo es la primera investigación sobre derechos compensatorios de las subvenciones.

    De conformidad con el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, existe una subvención sujeta a medidas compensatorias si existe una contribución financiera de un gobierno que otorgue beneficios a empresas o industrias específicas.

    El 21 de noviembre de 2017, el Departamento de Comercio determinó de forma preliminar que los productores y exportadores españoles de aceitunas negras recibían subvenciones sujetas a derechos compensatorios. El 12 de junio de 2018, emitió su determinación final confirmando sus conclusiones preliminares y estableciendo tasas finales compensatorias de las ayudas que van del 7,52 al 27,02 por ciento con una tasa media del 17,45.

    Durante el procedimiento, el DoC determinó que los regímenes de ayuda que constituyen el núcleo de la Política Agrícola Común (PAC) de la UE son subvenciones sujetas a derechos compensatorios. Estos incluyen el esquema de pago básico (BPS, por sus siglas en inglés), el pago ecológico (greening) y la política de desarrollo rural de la UE.

    El BPS y el pago ecológico constituyen la mayor parte del esquema actual de pagos directos en virtud de la PAC. Los pagos directos buscan garantizar a los agricultores una red de seguridad contra los precios volátiles del mercado. La cantidad de apoyo directo que reciben no está vinculada a los productos que cultivan ni a las cantidades que producen. La política de desarrollo rural de la UE complementa el sistema de pagos directos a los agricultores y ayuda a las zonas rurales de la UE a hacer frente a la amplia gama de desafíos económicos, medioambientales y sociales del siglo XXI.

    En su determinación final, el DoC atribuye a los exportadores españoles de aceitunas negras las subvenciones recibidas por los olivareros españoles porque considera que las subvenciones otorgadas a los olivareros españoles pasan a través de la cadena a las empresas transformadoras-exportadoras y se reflejan en los precios de las aceitunas negras exportadas a los Estados Unidos.

    Aunque los pagos directos actuales bajo la PAC están desacoplados del tipo de cultivo o producción, el DoC sostuvo que el BPS y el pago por greening son subsidios compensables porque "el tipo de cultivo determina la cuantía de la subvención establecida en estos programas debido a la dependencia directa de la cuantía de la subvención establecida en programas anteriores, en los que la cuantía de la subvención se basaba en el tipo de cultivo".

    España ha aplicado el BPS y el greening de acuerdo con las normas establecidas en las reglamentaciones de la UE aplicables. Su implementación del BPS y del pago por greening es, en particular, sustancialmente similar a la de Francia, Italia, Grecia, Bélgica, Irlanda y Portugal. El análisis del DoC en la investigación en cuestión es, por lo tanto, igualmente aplicable a los productos agrícolas de estos países, que representan casi la mitad de la producción de la industria agrícola de la Unión Europea y más de la mitad de las exportaciones de alimentos de la UE a los Estados Unidos. El DoC también sostuvo que los beneficios recibidos de la política de desarrollo rural de la UE son subsidios compensables porque "los fondos bajo este programa se limitan a las empresas ubicadas en áreas rurales, que son regiones geográficas designadas dentro de la UE".

    Aunque estas subvenciones están disponibles para todas las empresas de las zonas rurales de la UE, las conclusiones demasiado simplistas del DoC ponen en tela de juicio la política de desarrollo rural de la UE en su conjunto. El análisis del DoC en la investigación en cuestión es, por lo tanto, igualmente aplicable a todos los fondos de desarrollo rural desembolsados en la UE. Estos ascienden a más de 160.000 millones de euros para 2014-2020.

    La determinación definitiva del DoC en su investigación en materia de derechos compensatorios sobre las importaciones de aceitunas negras procedentes de España constituye una amenaza existencial para el diseño y el funcionamiento actuales de la PAC.

    Sus conclusiones ponen en tela de juicio, entre otros, dos de los pagos directos más significativos para los productores y la razón de ser de la política de desarrollo rural de la Unión Europea. Si no se hace nada, el análisis del DoC podría aplicarse en el futuro a todas las exportaciones agrícolas de la UE, procesadas o no.

    Los derechos sobre las aceitunas negras españolas de hoy podrían convertirse en los del vino francés, la pasta italiana o el queso griego del mañana.