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Qué es la Tarjeta Familias, la ayuda económica que ofrece el Ayuntamiento de Madrid: cuantía y requisitos para solicitarla


elEconomista.es

El aumento del 9% en la cuantía del Ingreso Mínimo Vital (IMV) aprobada en el último Consejo de Ministros del año 2024 ha provocado una inesperada consecuencia sobre otra prestación social ofrecida por el Ayuntamiento de Madrid.

Según recoge la Cadena SER, los trabajadores sociales del municipio no pueden tramitar la Tarjeta Familias a quienes perciben el IMV desde el pasado 2 de enero. La razón de esta imposibilidad reside en que, al aumentar la cuantía del IMV, los beneficiarios exceden uno de los requisitos para recibir paralelamente la Tarjeta Familias.

En concreto, estas personas exceden el máximo exigido por una cuantía ínfima, de 0,91 euros. Desde el Ayuntamiento aseguran que van a revisar los criterios de concesión, por lo que cabe esperar que en los próximos días este problema encuentre solución.

Una tarjeta monedero

La Tarjeta Familias es una prestación económica que ofrece el Ayuntamiento de Madrid para ayudar a cubrir necesidades básicas de alimentación, aseo e higiene y servicios de transporte de las personas y familias beneficiarias.

Su uso está delimitado a establecimientos de alimentación de la Comunidad de Madrid y servicios de transporte prestados por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) en la modalidad de cargas de abonos de 30 días. La ayuda puede tener un soporte físico o digital, lo que agiliza su proceso de envío y es compatible con el uso de aplicaciones monedero para teléfono móvil habituales.

La prestación, de carácter mensual, varía en función de miembros de la unidad familiar. Por ejemplo, para una persona, oscila entre los 138 euros y los 165 euros al mes, mientras que para cuatro personas, entre 330 y 495 euros al mes.

Para poder recibirla, los beneficiarios deben ser mayores de edad, estar empadronados en la ciudad y acreditar situación de necesidad y que esta sea valorada por un trabajador social. Y para ello, los solicitantes no deben exceder los ingresos establecidos en las bases de la prestación.

De forma resumida, estos deben ser inferiores a la cuantía de la Renta Mínima de Inserción (R.M.I.) de la Comunidad de Madrid incrementada en un 40%. Hasta ahora, el límite de ingresos para una persona es de 657,90 euros; para dos, de 822,37 euros; para tres, de 927,52. Por cada miembro extra de la unidad familiar, el límite máximo aumenta en 105,15 euros, aunque este nunca debe rebasar los 1.587,60 euros.

Es precisamente este límite el que está en tela de juicio tras la subida del IMV. Hasta el año pasado, una persona podía ingresar a través de IMV 604,38 euros al mes, pero ahora la cuantía a percibir es de 658,81 euros.

Desde la implantación de estas ayudas en noviembre de 2020 y hasta el 28 de noviembre de 2024 se han entregado más de 37.000 tarjetas, realizando una inversión total que supera los 41 millones de euros.