Actualidad

El TSXG condena a Stellantis Vigo a pagar 30.000 euros a la CUT por vulnerar su libertad sindical

  • La empresa recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo al considerar que existe disparidad de criterios con informes de la Fiscalía, la Inspección de Trabajo y mismo una sentencia de Primera Instancia que dio la razón a la compañía.

Ruth Lodeiro
Galicia,

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recurso de suplicación interpuesto por la Central Unitaria de Traballadores (CUT) contra Stellantis Vigo por vulneración de derechos fundamentales y de la libertad sindical.

El alto tribunal gallego ha condenado a la empresa al pago de una sanción de 30.000 euros al sindicato por tres vulneraciones de la libertad sindical.

En concreto, la sentencia del TSXG declara nulo el acuerdo individual de teletrabajo y acredita tres vulneraciones a la libertad sindical por las que la empresa tiene que indemnizar a la CUT con dicha cantidad.

El fallo, que no es firme ya que contra él cabe interponer recurso de casación, declara nulo el modelo de acuerdo individual de teletrabajo, así como la decisión de la empresa de aplicarlo al existir indicios de vulneración de la libertad sindical, tal y como reza el auto.

La CUT ha reivindicado que la sentencia dictamina que, el acuerdo de teletrabajo que fue impuesto unilateralmente por la empresa es nulo y más a la vista de las diferentes cláusulas que en él se recogen.

El sindicato ha criticado que este acuerdo "contó con el silencio" de SIT, UGT y CC.OO., pero ahora el TSXG declara la vulneración de la libertad sindical en tres aspectos, al ser "impuesto y no negociado", al ser un acuerdo "elaborado unilateralmente intentando desvirtuar la intervención sindical" y al retrasarse la entrega de las copias de las personas en teletrabajo.

La organización denunciante afirma que esta política antisindical la sufren los afiliados en sus puestos de trabajo que corren el riesgo de sanciones indiscriminadas, limitación de sus carreras profesionales, dificultades en el ejercicio de derechos que a otras personas sí se les conceden, avisos o amonestaciones.

Recurso de la empresa

Por su parte, Stellantis Vigo ha asegurado que la empresa recurrirá al Tribunal Supremo esta sentencia, solicitando una unificación de doctrina.

A su juicio, hay disparidad de criterios al respecto, con informes de la Inspección de Trabajo y de la Fiscalía o una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que dio la razón a la compañía sin apreciar vulneración de derechos en el acuerdo de teletrabajo. Por ello, aseguran que presentarán recurso.