¿Puedo seguir cotizando si cojo una excedencia por cuidado de un hijo?
elEconomista.es
El sistema de la Seguridad Social tiene prevista la posibilidad de poder pedir una excedencia en los momentos en los que el trabajador tiene un hijo para poder llevar a cabo su cuidado. Sin embargo, la preocupación de estos profesionales radica en la posibilidad de perder un gran periodo de cotización.
No obstante, esta preocupación es infundada. Los trabajadores tienen derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción.
Es decir, aquellos progenitores, ya sean madres o padres, que tengan un hijo tienen prevista la posibilidad de pedir una excedencia de trabajo para cuidar al menor de hasta tres años y no dejar de cotizar durante este periodo, por lo que se tendrá en cuenta para futuras prestaciones.
¿Puedo perder el derecho a pedir una excedencia?
El trabajador no puede perder el derecho a pedir una excedencia y cotizar durante este periodo. Sin embargo, sí que existen algunas excepciones que hacen que este derecho se modifique.
Por ejemplo, el trabajador tiene la posibilidad de fraccionar estos tres años de excedencia para poder disfrutarla en diferentes periodos.
Por otro lado, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho a la vez, las condiciones de percepción cambiarían. El empresario puede limitar que las dos personas ejerzan su excedencia a la vez por razones justificadas de funcionamiento del negocio.
Si un trabajador generase de nuevo el derecho a pedir una excedencia, el inicio de la misma dará por finalizado el periodo anterior, sin importar cuando tiempo se hubiese disfrutado.
Durante el primer año, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva se limitará a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.