Política

El Supremo rechaza los dos últimos recursos de Blanco contra la 'Operación Campeón'

    José Blanco. <i>Imagen: EFE</i>


    El magistrado del Tribunal Supremo José Ramón Soriano defiende la investigación patrimonial a la esposa del exministro José Blanco, Isabel Mourenza, así como la actuación de la UDEF en el 'caso Campeón' en dos autos dados a conocer este miércoles en los que rechaza los recursos presentados por la defensa del político socialista contra las últimas diligencias de investigación practicadas. La UDEF confirma que Orozco pagó a Blanco

    En una de estas resoluciones el magistrado del alto tribunal señala que las pruebas realizadas por la UDEF, entre ellas la investigación de las cuentas del matrimonio entre 2006 y 2011 y una nueva transcripción de las conversaciones telefónicas entre Blanco y el vicepresidente de Azkar, José Antonio Orozco, están justificadas porque "se hallan en la línea de la investigación del hecho en trance de agotar la práctica de diligencia con inicial virtualidad esclarecedora".

    Igualmente, defiende las gestiones de la UDEF en aras a aclarar un presunto desfase en el proceso de compra del chalet de Blanco en Las Rozas (Madrid) porque "en la causa existen datos para entender que la casa de Madrid en alguna medida se la debía a su amigo Orozco", según conversaciones telefónicas atribuidas a este último "y no negadas".

    Ello da pie para investigar, a juicio del instructor de la causa, "si existían recursos económicos que no procedieran de sueldos, precepciones o ingresos legítimos del aforado, todo ello dentro de la investigación del delito de cochecho impropio por percepciones de cantidades dinerarias en consideración a su cargo".

    La parada en la gasolinera

    "A ello se une la anomalía de la parada del señor ministro en el área de servicio de la gasolinera de Guitiriz para recoger al señor Dorribo", según el magistrado del Supremo, a lo que se suma "alguna conversación telefónica", lo que justifica que se le investigue en aras a "determinar cualquier incremento patrimonial llamativo o anómalo, que no resulta justificado, como dato indiciario de la precepción del dinero que se dice recibido por el aforado".

    Tampoco puede calificarse de diligencia prospectiva, a juicio de Soriano, el examen de las cuentas de Isabel Mourenza pues no se investiga a una persona distinta, "sino a la esposa del imputado en aspectos económicos, habida cuenta de que se halla casada en régimen de sociedad de gananciales con aquél".

    En un segundo auto se rechaza el recurso contra la nueva transcripción de las conversaciones telefónicas entre Blanco y el empresario Orozco porque no producen indefensión en el imputado, "ya que el cotejo de las transcripciones son elementos instrumentales que facilitan el acceso al contenido de las conversaciones" y además la defensa ha tenido acceso a las mismas.