La Diputación de Bizkaia duplica las sanciones por fraude fiscal y reduce las deducciones de los gastos de representación
El diputado general de Bizkaia, José Luis Bilbao, presentó ayer el Anteproyecto de Norma Foral de nuevas medidas para reforzar la lucha contra el Fraude Fiscal y otras medidas tributarias para el ejercicio 2013, que en que se duplican las sanciones económicas por tratar de eludir al fisco, la sanción mínima pasa del 50% al 100% y la sanción máxima del 200% al 250%. Además empresas y autónomos verán reducirse las deducciones por gastos de representación.
Otra de las medidas aprobadas será exigir a efectos fiscales el abono por transferencia bancaria de los pagos superiores a 2.500 euros, los pagos que no sean acreditados de esta forma no serán deducibles por empresas o autónomos. Bizkaia es la primera Hacienda en aprobar esto, que según José Luis Bilbao, servirá para luchar contra el 'mundo oscuro' de las facturas falsas.
El Anteproyecto de Norma Foral consta de 65 medidas adicionales para luchar contra el fraude, otras 25 de adaptación a la normativa comunitaria sobre Asistencia Mutua y 21 medidas tributarias más. José Luis Bilbao explicó que el Anteproyecto de Norma Foral que será presentado ante el órgano de Coordinación Tributaria (OCT), 'es un paso más en la lucha contra el fraude fiscal que viene ejerciendo esta Institución'.
Al igual que dijera en el pleno de política general de septiembre de este año en Juntas Generales de Bizkaia, Bilbao recalcó que los que defraudan a Hacienda son una minoría y les advirtió 'que no duerman tranquilos, que vamos a ir a por ellos, estén donde estén, se llamen como se llamen y serán juzgados por la Hacienca Foral y si fuerael caso por la Justicia ordinaria'.
Medidas contra el fraude
Dentro de las 65 medidas contra el fraude fiscal hay tres apartados: medidas generales de responsabilidad y sanciones; tratamiento de los gastos en el IRPF e Impuesto sobre Sociedades; y tratamiento de las Actividades Económicas en el IRPF.
Entre las generales destacan la ampliación de los supuestos de responsabilizad para garantizar el cobro de la deuda tributaria. Un ejemplo de un caso que es más frecuente de lo que parece se está produciendo en las sociedades que entran en concurso de acreedores (antiguas quiebras) en que antes de tramitar el concurso los administradores de la Sociedad se suben mucho el sueldo y las retenciones por ello, rentenciones que no se pagan, pero que se reclama su devolución a través del IRPF.
También se establecen nuevas facultades para investigar la situación patrimonial y se adoptan medidas cautelares sobre presuntos delitos fiscales (ejemplo: para evitar el vaciado de cuentas de las empresas a las que se les comunica que se les va a revocar el NIF por fraude). También habrá obligación de informar sobre bienes en el extranjero y en el régimen sancionador para quienes lo hayan incumplido tendrán calificación de ganancia patrimonial no justificada.
No deducibilidad de los gastos en metálico
Para evitar el fraccionamiento de las facturas en cantidades inferiores a 2.500 euros, que ahora la ley obliga a que tengan que ser por transferencia bancaria cuando superan dicha cifra, la hacienda de Bizkaia no permitirá deducir los pagos que se hagan en metálico. Esto hace que Bizkaia sea por ahora la única Hacienda que establecerán una medida de éstas características y anima a las demás a copiarle.
Representación, coches de empresa, yates y aviones
La nueva normativa limita los gastos de representación para empresas y autónomos (facturas de restaurantes, hoteles, agencias de viajes, etc) al 50% de la cifra gastada con el límite del 5% del nivel de ingresos. Para los 'obsequios o regalos' de empresa no habrá límite de la cantidad a destinar, pero si en la cantidad a deducir, que será de 300 euros por destinatario con la obligación de identificar al beneficiario.
Para los coches de empresa, la nueva normativa no sólo reconoce su amparo para empresas, sino que amplía la posibilidad de deducción a los autónomos y profesionales, pero para ambos establece límites deducibles más bajos.
El valor máximo del vehículo de empresa será de 25.000 euros, ya que en palabras del diputado general 'un Ferrari no puede ser adscrito a una actividad empresarial'. El plazo de amortización de esta compra será de 5 años y el importe a deducir el 50% con un límite anual de 2.500 euros. Sobre los gastos del uso del vehículo serán deducibles un 50%, con un límite anual de 3.000 euros.
Estas limitaciones en las deducciones se podrán duplicar si la empres lo tramita como pago en especie (con una deducción máxima de 5.000 euros por vehículo y 6.000 euros por gastos) pero habrá de identificar a la persona que lo utilizará para que después le sea gravado en el IRPF como retribución en especie.
Lo que ya no será deducible serán los gastos por uso de yates o por aeronaves, con la excepción de aquellas empresas cuyo objeto social sea precisamente ese.
Limites a la tributación por módulos
Las actividades económicas para poder acogerse a la tributación por módulos tendrán como límites un volumen máximo de ingresos de 450.000 euros al año o un volumen de compras de hasta 300.000 euros año o si practican retenciones con terceros un máximo de 200.000 euros.
También se limitan la deducibilidad de pérfidas en el ámbito familiar cuando uno de los conjugues es el empresario y el otro trabaja por cuenta ajena para este. Estos contribuyentes tendrán que llevar nuevos libros de cuentas, actualizar sus valores y no podrán compensar las pérdidas del empresario con la nómina del asalariado en las declaraciones conjuntas.
Colaboración entre haciendas internacionales
La Diputación Foral de Bizkaia ha adaptado en su anteproyecto de norma una directiva europea (2010/24/UE, de 16 de marzo) para favorecer la colaboración interinstitucional transfronteriza para el cobro de deudas fiscales. Esto permitirá seguir a los defraudadores y agilizar el pago.
Desahucios vivienda habitual
Dentro de las 21 medidas tributarias para 2013, la Diputación de Bizkaia pondrá como medida general (no limitada a casos excepcionales como en la Hacienda del Estado), que las personas desahuciadas de su vivienda habitual estarán exentos de tributar por las plusvalías municipales (las deberá abonar el banco desahuciador), ni deberán hacer frente en el IRPF a la ganancia patrimonial nominal que se produce. También estarán exentos de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
También se introducen cambios en el IRPF para adaptarse a la reforma laboral, como las exenciones por las indemnizaciones por despido y Expedientes de Regulación de Empleo.
Más medida hacen referencia a la progresividad en las sanciones para los impuestos de Sucesiones y Donaciones, así como modificaciones técnicas en haciendas locales referentes a tasas, Impuesto de Bienes Inmuebles y licencias de construcción.