Un juzgado valenciano ampara a un repartidor de Deliveroo, al considerar que su relación con la empresa es propia de un asalariado y no de un autónomo. El fallo es recurrible, pero ya tiene implicaciones. Por primera vez, un juez se pronuncia sobre la práctica tan extendida en las compañías online de no reconocer vínculos laborales con sus empleados. Y lo hace estableciendo un precedente desfavorable en un momento en que las demandas de sus trabajadores se acumulan (la propia Deliveroo afronta otro juicio en Barcelona). Antes de sufrir más reveses judiciales, este tipo de firmas deben convencerse de que su gran aceptación entre los usuarios no les exime de cumplir con las normas que rigen las actividades económicas en España, especialmente las laborales.