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CNMV procurará inversores conozcan falta liquidez "hedge funds"
Madrid, 5 jun (EFECOM).- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha elaborado un informe sobre los "hedge funds" -fondos de alto riesgo- en el que advierte que en la comercialización de estos productos "deberá ser debidamente puesto de manifiesto" su falta de liquidez.
En el "Estudio sobre la industria de 'Hedge Funds" publicado hoy, el organismo supervisor ha indicado que el cálculo del valor liquidativo -precio de la participación del fondo- y la exigencia de liquidez cada tres o seis meses, tanto para los "hedge funds" como para los fondos de "hedge funds", implica un inconveniente para el inversor minorista del que debe ser informado durante su venta.
Así, la CNMV considera que la falta de liquidez es una "característica esencial" de este producto que "debe ser puesta de manifiesto durante el proceso de venta y figurar de manera destacada tanto en la literatura promocional como en los documentos oficiales".
Para la CNMV este aspecto de los "hedge funds", que exigirán una inversión mínima de 50.000 euros, no así los fondos de "hedge funds", está relacionado con su comercialización, por lo que considera "ineludible" que en cualquier publicidad o folleto para inversores minoristas se incluyan referencias a "las limitaciones de liquidez y a las expectativas reales de rentabilidad".
Estas exigencias están justificadas, según el organismo supervisor, porque la inversión en "hedge funds" "puede conllevar de forma simultánea un grado relativamente alto de iliquidez y un riesgo de pérdidas, lo que en general resulta difícil de asumir por los particulares".
Por ello, la CNMV aboga por la transparencia en la información sobre las estrategias de inversión de los "hedge funds" y por "extremar las precauciones en la promoción y venta de estos productos".
En consecuencia, resalta que es "esencial una adecuada supervisión de los procedimientos de comercialización", por el doble papel de asesor y comercializador que asumen en España las sucursales de las entidades de crédito y que previsiblemente adoptarán con este nuevo producto.
Otro aspecto de la comercialización en el que incide la CNMV radica en la obligación del inversor de "dejar constancia escrita de que conoce los riesgos inherentes a la operación y entiende la naturaleza del producto".
Sin embargo, en su opinión y en el caso de los pequeños ahorradores, "su efectividad es limitada", como se ha contrastado en otras ocasiones, dado que el "consejo del asesor (que a menudo se encuentra sujeto a un conflicto de interés) suele prevalecer sobre las advertencias típicas que se hacen constar en la documentación de venta".
Respecto a la publicidad -los "hedge funds" sólo podrán ser comercializados entre inversores cualificados, y los fondos de "hedge funds" podrán hacer publicidad siempre que hagan constar sus riesgos especiales-, la CNMV aventura que "cabe esperar una utilización comercial de su definición legal 'fondos de inversión libre".
El organismo supervisor piensa esto porque tiene "connotaciones positivas y porque puede sugerir subliminalmente la posibilidad de alcanzar rentabilidades superiores gracias a la ausencia de cortapisas".
También advierte que "es previsible que se intenten sobrecargar los mensajes publicitarios con las expectativas de rentabilidad que intuitivamente se asocian a la inversión alternativa", por lo que prevé que "será necesaria la inclusión de advertencias sistemáticas (es posible que no exista rentabilidad adicional, etc.).
Por estas cuestiones y para paliar los riesgos, la CNMV "procurará la máxima difusión de las características y riesgos reales de estos productos entre los ciudadanos", mediante cursos, seminarios, publicaciones, etc.
Además, supervisará los mensajes que se trasladan a los inversores cuando haya una comercialización activa de estos productos; considerará prioritario "conseguir la máxima transparencia en la difusión de información y evitar la publicidad engañosa", así como "la habitual exigencia de matizar el empleo de rentabilidades históricas". EFECOM
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