La Audiencia de Madrid ordena reabrir la pieza sobre las conferencias de Rato
MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Sección 23 de la Audiencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y considera que debe seguirse el procedimiento al no haber prescrito el ejercicio del año 2012 y haberse superado el umbral de los 120.000 euros a partir de los cuales el fraude pasa a ser delito, según establece el Código Penal. En concreto explica que siendo el día límite de declaración del IRPF del 2012, "es obvio" que a fecha de junio de 2013 no está prescrito.
La tesis de la Fiscalía que acoge la Audiencia de Madrid expone que la apertura de la investigación por las presuntas irregularidades en su patrimonio y los registros en su domicilio acordados en 2015 interrumpen la prescripción de los hechos denunciados. Además añade que en el curso de la instrucción de la causa han surgido "otros presuntos comportamientos defraudatorios".
Esta pieza forma parte de la causa que instruye el magistrado Serrano Arnal sobre la fortuna del exvicepresidente económico del Gobierno y a la que se añadió recientemente un informe sobre su entramado societario según el cual habría defraudado cuotas por un importe total cercano a los 6,8 millones de euros entre los años 2004 y 2015.