El Supremo condena a la madre de Yasmine por el intento de homicidio de su hija
La Audiencia Provincial de Madrid condenó a la madre, que presenta rasgos de la personalidad de una psicópata, pero no sufre enfermedad mental, a penas que suman un total de diez años, por los delitos de intento de homicidio, lesiones y malos tratos, mientras que la niña permanece en acogida y se ha recuperado, aunque sufre secuelas.
La sentencia recuerda cómo en los primeros meses de vida de la pequeña, que nació en junio de 2008, ésta sufrió golpes que le provocaron fracturas. Además, el 19 de enero de 2009 se produjo la agresión más grave, que es calificada de intento de homicidio.
Ese día, cuando la madre, que había acordado entregar el bebé a su padre, se encontraba sola en su habitación alquilada con la niña, propinó a ésta un fuerte golpe en la cabeza.
"Poco más tarde Esmeralda y su hija entraron en un bar", donde habían quedado con el padre y otras personas para la entrega.
"Una vez la niña se despertó y su padre la cogió en brazos, F.J. se alarmó mucho al apreciar que su cuello se inclinaba hacia atrás, que el cráneo estaba blando, que tenía un párpado caído y que presentaba una gran palidez", recuerda la sentencia de la Audiencia de Madrid, contra la que recurrió la condena.
La defensa de la procesada acudió al Supremo con el argumento de que ella padece un trastorno mental transitorio, para lo que se basa en que los especialistas consideran que su personalidad es antisocial y al límite de la normalidad intelectual. Además, el recurso pone en duda los hechos probados.
El Supremo, para rechazar el recurso, recuerda cómo solo la madre se ocupaba de atender a la niña y cómo en la tarde en que se produjo el maltrato más grave varios testigos escucharon un fuerte golpe y su grito ("¡joder!") antes de abandonar la vivienda acompañada de la niña para que el padre se hiciera cargo de ella.
Al lugar de la entrega Esmeralda acudió con la cabeza de la niña, a quien varios testigos habían visto esa misma mañana en buen estado, tapada con una capucha.
Cuando la retiró, en el lugar de la entrega, varios testigos, entre ellos el padre de la menor, vieron su mal estado ("la niña estaba rota", en expresión del progenitor).
Ese mismo día la niña fue ingresada con graves lesiones que podrían haberle causado la muerte de no haber sido atendida de manera inmediata, según el informe de los facultativos que la atendieron, recuerda la sentencia.
En cuanto al trastorno aducido por la defensa, el Supremo señala que la imputada padece "un grave trastorno de la personalidad límite con un componente importante de trastorno antisocial", pero no una patología psicótica que le prive de sentido de la realidad o del bien y el mal.
La patología, para eximir a la condenada, debería provocar en ella "incapacidad severa para conocer el alcance de sus actos", cosa que no sucedía, según explica el Supremo para rechazar este segundo argumento y confirmar la condena.