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Sepa quiénes son los responsables en caso de infracciones sociales



    'Iuris&Lex' le explica esta semana qué sujetos, que pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, y bajo qué condiciones responden por infracciones cometidas en el orden social

    ¿Qué se entiende por infracciones en el orden social?

    Son las acciones u omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas como tales en la normativa del orden social.

    ¿ Quiénes son los sujetos responsables de la infracción?

    - En la relación laboral: el empresario.

    - En materia de prestaciones de Seguridad Social: los empresarios, trabajadores por cuenta propia o ajena o asimilados, perceptores y solicitantes de prestaciones y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

    - En materia de colocación y fomento de empleo: los empresarios y los trabajadores.

    - En materia de trabajo de extranjeros: los empresarios y los trabajadores por cuenta propia.

    - Las cooperativas respecto a sus socios trabajadores y socios de trabajo.

    - En materia de prevención de riesgos laborales: los empresarios titulares del centro, los promotores, propietarios de obra y los trabajadores por cuenta propia que incumplan sus obligaciones; las entidades que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas o que se encarguen de la formación, los auditores de sistemas de prevención, las empresas que contraten con trabajadores autónomos la realización de obras o servicios y que desarrollen en sus propios centros de trabajo.

    - Las personas y comunidades de bienes titulares de los centros de trabajo y empresas de dimensión comunitaria situadas en territorio español que incumplan las obligaciones de información y consulta a los representantes de los trabajadores, según su normativa específica.

    - Los empresarios incluidos en el ámbito de aplicación de la normativa legal que regula el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, respecto de las condiciones de trabajo que deben garantizar a dichos trabajadores.

    Fuente: MTIN