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Familias numerosas: tener más gastos también tiene ventajas
- Existen dos tipos de familia numerosa por número de hijos: especial y general
- Rechazan ser "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza"
- España y Malta ocupan en último lugar en tasa de nacimientos en la UE
Luis M. García
Tener más hijos genera más gastos, pero también conlleva beneficios fiscales, ayudas para la compra o alquiler de viviendas o descuentos en las facturas de la luz y el gas.
Los españoles no se caracterizan por tener muchos hijos, y el resto de europeos, tampoco. La tasa de nacimientos en la Unión Europea en 2021 la encabezaba, con la mayor tasa de fertilidad, Francia, con 1,84 nacimientos de media por mujer, mientras que España y Malta se situaban en último lugar, con 1,19 y 1,13 hijos por mujer, respectivamente, que viene a ser lo mismo, porque en ningún caso se alcanza una media de dos hijos.
Tener más hijos genera más gastos, aunque los españoles que apuestan por ser familia numerosa también cuentan con beneficios fiscales, ayudas para la compra y alquiler de viviendas, descuentos en las facturas de luz y gas y 3.000 euros para la compra de un coche.
Son algunos de los atractivos del reconocimiento como familia numerosa en España, que en principio basta con que la integren los padres y al menos tres hijos –no cuatro, como ocurría hace años-, aunque hay diferentes supuestos y no siempre es así. Hay otros casos que también contribuyen a que una familia pueda ser reconocida como numerosa y tener acceso a un buen número de ventajas.
Eso sí, los requisitos no son pocos. El reconocimiento como familia numerosa es competencia de las comunidades autónomas, que mantienen pequeñas variaciones, y tiene vigencia en todo el territorio nacional.
Son cuestiones imprescindibles residir en España y contar con la nacionalidad española, de algún otro estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, aunque también pueden solicitarlo personas de otras nacionalidades si todos los miembros de la unidad familiar viven en territorio español.
Pueden acceder a ser reconocidas las familias compuestas por uno o dos padres con tres o más hijos, al margen de que sean en común o no, aunque en otros casos no es necesario tener tres hijos.
Es el caso de las familias con dos hijos en las que uno o los dos padres sean discapacitados con un grado de al menos el 65%, las de uno o los dos padres con dos hijos, en común o no, si uno de los ellos presenta una discapacidad de al menos el 33%; madres o padres separados o divorciados con 3 o más hijos dependientes económicamente, aunque no vivan en el domicilio conyugal; dos o más hermanos huérfanos de padre y de madre bajo tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no estén a su cargo; tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de edad, o dos si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos; o padre o madre con dos hijos cuando en el caso en que el otro progenitor fallezca.
Familia especial y general
Existen dos tipos de familia numerosa por razón del número de hijos, especial y general, y en todos los casos los hijos, salvo los discapacitados, deberán ser menores de 21 años o de 25 si se encuentran estudiando una carrera. No podrán estar casados y deberán residir con al menos uno de los padres y ser dependientes económicamente.
Las familias numerosas especiales las integran cinco o más hijos o cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples. Las generales comprenden todos los demás casos.
Son también familias numerosas especiales las de cuatro hijos si sus ingresos anuales divididos por el número de miembros no superan el 75% del salario mínimo, incluidas las pagas extraordinarias. Además, cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar computa como dos para determinar la categoría en que se clasifica su unidad familiar.
Menos gastos
En todos los supuestos que reconocen a una familia como numerosas se obtienen beneficios y se traducen en ayudas, tanto autonómicas como estatales. Los beneficios fiscales pueden ser de 1.200 euros de deducción en el caso de familias numerosas generales y del doble, 2.400 euros, si se trata de familias especiales, cantidades que pueden percibirse a través de pagos mensuales o computarse en la declaración de la renta.
El acceso a viviendas de alquiler del Plan Estatal de Vivienda es preferente para estas familias, así como los subsidios para comprar una vivienda protegida y las ayudas para adaptarla en el supuesto de tener hijos discapacitados. Las familias numerosas pueden también beneficiarse de descuentos en el suministro de electricidad y gas o bonificaciones de hasta el 45% en la cuota de la Seguridad Social si contratan a empleados domésticos.
Ser familia numerosa igualmente puntúa en el caso de algunas pensiones, revierte en descuentos en tasas educativas y se cuenta con mayor puntuación para la obtención de becas. El DNI y el pasaporte y su renovación son gratuitos, con lo cual se ahorran 12 o 30 euros según el documento; hay descuentos en transportes, museos y eventos de toda índole, e incluso se pueden conseguir subvenciones de 3.000 euros para comprar un coche nuevo y descuentos de hasta un 50% en el impuesto de matriculación.
Novedades en Madrid
El título de familia numerosa tiene múltiples atractivos, aunque también conlleva límites. Se pierde cuando los hijos no discapacitados cumplen 21 años o 25 si están estudiando y cuando ya no dependen económicamente de sus padres.
Eso sí, tras la aprobación del Decreto 30/2023, de 5 de abril, por el que se modifica el Decreto 141/2014, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, hay novedades al menos en la Comunidad de Madrid, donde existen 138.000 familias numerosas. La caducidad de los títulos se extiende hasta el cumplimento de los 26 años por parte del último de los hijos de la edad, eliminándose la necesidad de renovación. Cada miembro de la unidad familiar podrá contar con una tarjeta individual con su propia fecha de caducidad hasta el día anterior a cumplir los 26 años si continúa estudiando.
Las familias deben comunicar cualquier cambio en la familia que puedan afectar al cumplimento y el mantenimiento de los requisitos que motivaron el reconocimiento de la condición de familia numerosa.
Se mantienen el nombre
Las familias numerosas españolas mantendrán su Título de Familias Numerosas, tras no prosperar la ley de familias como consecuencia del adelanto electoral. La norma, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, cambiaba la denominación por la de "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza".
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) considera que "había cosas buenas" en la norma de Ione Belarra, como los permisos para conciliar o la extensión de la categoría especial a las numerosas con cuatro hijos o con tres en determinados supuestos, pero no estaban "nada de acuerdo con el cambio de nombre".
En protesta por ese cambio propuesto, la FEFN entregó el pasado 11 de mayo en el Congreso de los Diputados más de 72.000 firmas para que no se "borrara" su nombre y no se suprimiera el actual título de familia numerosa. "Nos parecía que quitarnos el nombre y ponernos en un conglomerado de casuísticas, de otro tipo de problemas de familias, no nos beneficiaba", considera Trigo.
La FEFN ha emplazado al nuevo Gobierno a que respete la denominación de las familias numerosas, que tome medidas en materia de conciliación y que haga progresivas las ayudas "porque no es lo mismo tener un hijo y cuatro días al año para cuidarlo, que tener tres hijos".