madrid. El Gobierno extenderá la responsabilidad penal de las personas físicas también a las empresas que tengan una naturaleza claramente delictiva. Así lo contempla un duro y extenso proyecto de reforma del Código Penal que recibió ayer el visto bueno del Consejo de Ministros para su traslado al Congreso. La responsabilidad de las empresas será "complementaria", eso sí, a la que recaiga sobre los administradores, los delincuentes o los que simplemente no hayan ejercido el control debido para evitar esos delitos.Detrás de muchas de las novedades introducidas está la lucha contra la corrupción organizada para lo que el Gobierno quiere que los jueces tengan aún más medios. Más facilidades para investigar el patrimonio del delincuente y la posibilidad de decomisar sus bienes desde el momento en que se presuma su actividad delictiva. Algo que "nos coloca a la vanguardia del derecho europeo", se felicitaba ayer el Gobierno.En conjunto, el paquete de reformas que afectarán a las empresas supone un claro endurecimiento de los delitos económicos y societarios, con la imposición de la doctrina del levantamiento del velo, tan de moda en los últimos años. Y una elevación de los plazos de prescripción de los delitos fiscales o contra la Seguridad Social hasta los 10 años y de 3 a 5 años en el caso de los delitos menos graves.Contra la corrupciónEl nuevo código introduce importantes cambios, mejorando la tipificación de figuras como la administración desleal, los manejos abusivos del administrador o de los socios, que desvían los beneficios empresariales. Se crea también una figura similar a la del cohecho en los funcionarios públicos para los administradores de empresas.La reforma también incorpora el delito contable que permitirá castigar el falseamiento de las cuentas de una sociedad y por el que también se podrá condenar a los auditores que colaboren en la manipulación de los estados financieros. De forma especial se tipifica como "estafa de inversiones" la información falsa (sobre los balances o estados de situación) que emitan al mercado las sociedades cotizadas para captar inversores. En este capítulo se penaliza la utilización de información privilegiada "para realizar operaciones que proporcionen indicios falsos o engañosos, o para conseguir, en concierto con otros, el precio a un nivel anormal o artificial, o asegurarse una posición dominante en el mercado", según el Gobierno. La información financiera de una persona pasa a ser considerada información reservada y, como tal, su divulgación se considera como un supuesto de abuso de información privilegiada.Por primera vez se tipifican como delitos las actividades de los testaferros -personas que actúan públicamente para ocultar la vinculación de - y los de las sociedades fantasma o tapadera. Éstas sirven para encubrir actividades económicas ajenas para ocultar ciertas obligaciones legales o blanquear dinero.El nuevo código precisa el delito de concurso punible y enumera una serie de conductas previas al concurso que no se vinculan con la insolvencia, sino que más bien ponen de manifiesto la existencia de una administración conscientemente desordenada que ha conducido al fiasco económico.Nuevas tecnologíasOtro de los capítulos importantes es el que tiene que ver con los delitos relacionados con las nuevas tecnologías. "Es necesario actualizar y modernizar la respuesta penal ante determinados delitos que se producen en sectores nuevos", señala el Gobierno.Concretamente, se tipifican como delitos las intromisiones ilegales en sistemas informáticos ajenos por parte de los llamados hackers o piratas informáticos. Se castigarán tanto los ataques contra la intimidad como los posibles delitos por daños que puedan producir un grave perjuicio a empresas u organismos públicos. También queda tipificada la clonación, uso y posesión de tarjetas de crédito.Al margen del crimen organizado, también se ha incluido entre los ataques contra la integridad moral las conductas relacionadas con el acoso laboral (mobbing) o las humillaciones en el trabajo. El nuevo código castigará estas conducta con penas de prisión de entre 6 meses y 2 años.En el sector de la biomedicina se tipifica la manipulación genética para la clonación de seres humanos con fines reproductivos. Y se despenaliza la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación humana, como para la investigación.