La Comisión Europea quiere evitar que las concesiones ilegales sean irreversiblesbruselas. En las bodas se dice que si alguién tiene algo que objetar que lo diga ahora o que calle para siempre. El irlandés Charlie McCreevie, comisario europeo de Mercado Interior y Servicios Financieros, quiere garantizar algo parecido cuando una Administración adjudique una licitación a una empresa tras un concurso público.Con tal objetivo, la Comisión Europea ha adoptado esta semana una propuesta de directiva que hará pública hoy pero a la que ayer ya tuvo acceso elEconomista.El proyecto, si es aceptado por los Gobiernos de los Veinticinco y por el Parlamento Europeo, pretende enmendar y modernizar una directiva de 1989 y otra de 1992. El objetivo es mejorar los procedimientos para revisar la concesión de contratos públicos, y facilitar los recursos de las empresas que se consideren perjudicadas por no haber sido respetadas las normas comunitarias.El texto de la propuesta destaca que "la falta de reglas coordinadas sobre los plazos aplicables para revisar la adjudicación de las licitaciones, ha dado como resultado que los Estados mantengan procedimientos diversos que dificultan que la firma de un contrato sea hecha pública a tiempo", de manera que las otras empresas que hayan presentado sus ofertas puedan plantear sus objecciones. Bruselas lamenta que el resultado es que la adjudicación "es casi siempre irreversible". "En el caso de una adjudicación ilegal de un contrato, la empresa perjudicada sólo puede invocar una revisión para reclamar daños y perjuicios, pero la revisión no permite que la licitación vuelva a ser declarada abierta a concurso", explica la propuesta.Plazos para reaccionarUna de las disposiciones contenidas en la propuesta es que todas las empresas que han participado en un concurso público dispongan de al menos diez días para examinar la adjudicación antes de que la Administración y la empresa ganadora firmen el contrato. Evidetemente, la decisión debe ser pública para que las partes puedan analizarla.La norma también establece los procedimientos que deben realizarse para elevar una reclamación ante las autoridades competentes en cada país. Y, para agilizar los trámites, permite que sea presentada tanto por fax como por medios electrónicos.Una vez la reclamación haya sido presentada, las autoridades competentes deben garantizar la inmediata suspensión de la firma del contrato, de manera que la concesión pueda ser efectivamente reevaluada con todas sus consecuencias. Las medidas cautelares se condicionan a que el interés público no se vea perjudicado y los daños no superen los beneficios.La directiva no entra a fijar sanciones cuando se demuestre que un contrato ha sido adjudicado ilegalmente. Pero sí exige que los Estados miembros dispongan de un sistema de sanciones y que lo comuniquen a la Comisión Europea. Una vez sea debatida, enmendada y adoptada por el Consejo de Ministros de la UE y la Eurocámara, la propuesta concede a los Estados dieciocho meses para que la integren en sus legislaciones.