Flash Ecoley
El juez puede cobrar por el día libre no disfrutado
El Tribunal Supremo, en sentencia de 8 de febrero de 2016, rechaza un recurso del Estado contra el reconocimiento de pagos a los jueces por los días de descanso no disfrutados tras las guardias.
El recurso de casación en interés de Ley se dirigió contra una sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4, que condenó a la Administración a abonar a un juez 6.600 euros por este concepto.
El ponente, el magistrado Sieira Míguez, destaca que ?al haber sido reconocido en 2013 el día de descanso posterior al servicio de guardia, difícilmente se va a producir el efecto multiplicador de persistencia en el futuro?. Acusa al abogado del Estado de no haber evaluado el daño que argüía.