Firmas

Impuesto de Sociedades: seguridad en la aplicación de incentivos fiscales de I+D+i

  • La certificación mejora la aplicación de los incentivos fiscales

Ignacio Martinez

Se acerca el 25 de julio y recordar esta fecha, además de invocar a Santiago Apóstol, es traer a la mente el Impuesto de Sociedades. Quizá por ello en esta efemérides es cuando más presente tenemos la imagen del santo a lomos de su caballo, blandiendo su espada amenazante en alto. Sin embargo, hay muchos recursos que pueden permitirnos afrontar nuestro deber con Hacienda de una manera más airosa y segura.

La certificación ha contribuido a que los incentivos fiscales ligados a los esfuerzos de las empresas en I+D+i se puedan aplicar con mayor seguridad. Esto es parte de una estrategia nacional alineada con la europea de apostar por aquellas empresas que entienden la innovación como un pilar fundamental para su sostenibilidad y garantía de empleabilidad.

En este 25 de julio confluyen incentivos que ya se venían aplicando con otros que aparecen por primera vez.

Uno de ellos es a la certificación de proyectos de I+D+i. El RD 1432/2003 introduce el Informe Motivado Vinculante (IMV) como herramienta para potenciar la aplicación de los incentivos fiscales por inversiones en I+D+i. A través del IMV, emitido hoy en día por la Dirección General de Innovación y Competitividad del Mineco, las empresas tienen una garantía frente a Hacienda a la hora de aplicarse las deducciones recogidas dentro del artículo 35 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (TRLIS).

Para que exista un IMV es necesario que previamente una entidad de certificación acreditada haya emitido un informe favorable sobre la naturaleza de I+D+i de un proyecto y la adecuación de su presupuesto y/o gasto conforme con lo dispuesto en el artículo 35 del TRLIS.

Este será el primer año que las empresas podrán aplicar la novedad que introduce la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización con respecto a la posibilidad de monetizar el crédito fiscal; esto es poder percibir de parte de la Agencia Tributaria las devoluciones correspondientes a las deducciones por inversiones en I+D+i a pesar de no contar con la cuota necesaria. Hoy en día, donde la liquidez es un tema primordial en las empresas, esta posibilidad incrementa notablemente el atractivo del IMV, necesario para poder aplicarse el incentivo. Para ello será necesario contar con un IMV emitido por el Mineco tras haber aportado el certificado de una Entidad de Certificación acreditada.

Otro incentivo se consigue con la certificación de personal investigador. Además de la deducción adicional que las empresas pueden aplicarse por el personal investigador que se dedica en exclusiva a I+D, en el ejercicio fiscal 2014 el RD 475/2014 ha recuperado las bonificaciones a las cuotas empresariales a la seguridad social por los trabajadores que realizan en exclusividad tareas de I+D+i. A la recuperación de este importante beneficio para las empresas se añade la posibilidad de compatibilizar la deducción y la bonificación sobre el gasto que representa un mismo investigador para aquellas empresas que están identificadas y registradas como pyme innovadora. El RD introduce nuevamente la necesidad de contar con un IMV emitido por el Mineco tras haber aportado el certificado de una Entidad de Certificación acreditada.

Recordamos que las empresas que hagan uso de la deducción por I+D+i y de la bonificación en las cuotas de la Seguridad Social deberán aportar a la Agencia Tributaria una memoria explicativa.

También la certificación de Patent Box tiene ventajas. Se ha dado el nombre de Patentbox al incentivo fiscal que permite a las empresas minorar la base imponible generada por los ingresos procedentes de la cesión de determinados activos intangibles creados o participados por la propia empresa de acuerdo con el artículo 23 del TRLIS.

Sin que para este caso exista ningún reconocimiento oficial de los certificados emitidos por las entidades de certificación, han sido los propios usuarios los que se han adelantado a la Administración, solicitando de manera voluntaria una certificación que otorgue mayor confianza a las empresas sobre las reducciones que se aplican en su base imponible sobre este concepto. Las entidades de certificación comprobamos que el activo intangible y la cesión del mismo cumplen con los requisitos que exige el artículo 23 del TRLIS.

Se trata de un incentivo fiscal todavía poco utilizado y previsiblemente con el tiempo podrá existir un mecanismo de certificación similar a los anteriores.

La otra imagen habitual del santo es en la que se le ve en la capilla mayor de Catedral de Santiago, tras el altar, recibiendo los abrazos de los peregrinos.