El Supremo falla en contra de limitar la aplicación de los convenios
Los convenios colectivos son pactos entre los trabajadores y los empresarios que regulan aspectos laborales clave como salarios, jornada, descansos o vacaciones, y que mejoran las condiciones mínimas previstas dentro del estatuto de los trabajadores.
Hasta la reforma, los convenios se prorrogaban de forma automatica una vez superado su plazo de vigencia aunque no hubiera habido acuerdo, una política conocida como, ultraactividad, que la nueva norma limitaba a un año.
No obstante, el Tribunal Supremo, en su decisión, ratificó un fallo del Tribunal Superior de Jusitica de Baleares, en un caso de una empresa que aplicó una rebaja salarial a sus trabajadores el considerar vencidas las condiciones del convenio original.
"(El Supremo) ha entendido jurídicamente incorrecta la decisión empresarial y ha establecido que las condiciones pactadas en el contrato de trabajo (...) tienen naturaleza jurídica contractual y por ello siguen siendo exigibles (...) aunque haya expirado la vigencia del convenio", dijo el tribunal, que acordó esta decisión en votación por mayoría.
En julio de 2013, la Audiencia Nacional ya había dictaminado en otra sentencia que la regla de limitar a un año la prórroga de la vigencia de los convenios colectivos no era "absoluta ni imperativa".