Ono no efectuará despidos colectivos hasta 2015 si el EBITDA no cae más del 10%
Ono se ha comprometido a no efectuar despidos colectivos hasta 2015, periodo de vigencia del actual convenio colectivo, prorrogable dos años más, siempre que el beneficio bruto de explotación (EBITDA) de la operadora no sufra una reducción igual o superior al 10%.
De acuerdo con las condiciones del convenio colectivo, la compañía no aplicará las medidas incluidas en los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, los que regulan los despidos colectivos y las extinciones del contrato por causas objetivas, durante la vigencia del mismo.
En cuanto a las externalizaciones, se negociará con la parte social las condiciones de dicho proceso. En cualquier caso, la empresa se ha comprometido a no aplicar medidas de este tipo durante el ejercicio 2013, según el convenio colectivo publicado este lunes en el BOE.
Posibilidad de prórroga
El convenio tiene un periodo de vigencia que va desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2015, con una posibilidad de prórroga de dos años. De no mediar denuncia por parte de alguna de las partes, el convenio se entenderá prorrogado "tácitamente" por años naturales a partir del 1 de enero de 2016.
El convenio recoge que las partes firmantes mantienen una "profunda preocupación" por la actual situación del empleo y su evolución tanto en el país como en el sector de las telecomunicaciones y la posible incidencia en la situación particular de Ono. "Por ello y de forma oficial quieren manifestar su más firme compromiso con el mantenimiento del nivel de empleo global en el grupo", añaden.
Este II convenio colectivo, que afecta a un 90% de la plantilla compuesta por unos 2.800 trabajadores, recoge la vinculación del incremento salarial a la evolución del beneficio bruto de explotación (EBITDA), sustituyendo al anterior modelo vinculado únicamente al Índice de Precios al Consumo (IPC). El operador cerró el año 2012 con 4,7 millones de servicios contratados y un EBITDA de 752 millones de euros, frente a los 748 millones de euros de 2011.
Revisión salarial
En concreto, de acuerdo con el convenio, la revisión salarial vendrá referida por la evolución anual del beneficio bruto sobre el cierre correspondiente al ejercicio 2012, descontando operaciones corporativas.
Así, se procederá a incrementar el salario fijo bruto anual del trabajador si el crecimiento del Ebitda es superior al 1%, con una subida del 0,5% consolidable hasta el 1,5%. Si el Ebitda crece de un 1,6% a un 3%, se incrementará el salario con el EBITDA menos un 1%, consolidable hasta un máximo del 2%. Además, se establece un crecimiento máximo de salarios del 5% con carácter anual.