Empresas y finanzas
Competencia halla indicios de un abuso en la venta del 'software' de Microsoft
- La firma estaría impidiendo la reventa de sistemas operativos de segunda mano
- La CNC ya le abrió un expediente hace un año por presunta vulneración de la ley
A Microsoft se le acumulan los problemas. Además del contencioso que mantiene con Hacienda por una deuda de 12 millones de euros en el Impuesto de Sociedades, la compañía se enfrenta a un expediente sancionador de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por un presunto abuso de posición dominante en la venta de software.
La Dirección de Investigación de la Comisión, que incoó el expediente hace un año contra la filial Microsoft Ibérica y la sociedad irlandesa desde la que la compañía factura todas sus ventas online, Microsoft Ireland Operations Limited, ha encontrado "indicios razonables" de una presunta vulneración de la ley que podrían conllevar una sanción. El expediente tiene origen en una denuncia presentada por Elegant Business por una posible infracción de la normativa de competencia, al impedir la venta de software de segunda mano.
Fuentes próximas a Competencia han confirmado que, "en el marco de la instrucción del mencionado expediente, la Dirección de Investigación ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la comisión, por parte de Microsoft, de una infracción de los artículos 1 y 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y de los artículos 101 y 102 del TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)".
Aunque la CNC recuerda que esto no significa que el expediente haya concluido y, mucho menos, que esté ya decidido la imposición de una multa, señala también que hay pruebas sobre las actuaciones y los acuerdos del fabricante de Windows "tendentes a impedir o limitar injustificadamente la reventa de licencias de software de este operador".
Microsoft admitió nada más conocerse la apertura del expediente que la reventa de las licencias estaba estrictamente prohibida por los contratos de cesión que firmaba. Su problema es que ya existen dos sentencias en Europa por casos similares en contra de esta posición -UsedSoft se impuso a Adobe y a Oracle- y, sobre todo, que el Tribunal de Justicia de la UE declaró legal la reventa de programas el pasado 3 de julio, dejando muy claro que se trata de una actividad completamente lícita, a la que no puede poner frenos. La resolución de la UE se produjo precisamente tras un recurso de Oracle, compañía de software líder en gestión de datos, por lo que resulta muy difícil que Competencia pueda pronunciarse ahora en contra y dar la razón a Microsoft.
Condicionantes
El tribunal europeo tan sólo puso una condición y es que cuando un usuario revende su licencia debe eliminar la copia de su ordenador personal, porque de lo contrario se podría comprar una licencia y hacer negocio revendiéndola múltiples veces, incurriendo ya en un caso no de reventa, sino de piratería.
Con ello, la UE ha dejado -además- la puerta abierta para que Elegant Business, que opera tanto en Estados Unidos como en distintos países de la Unión Europea, y que comercializa su software de segunda mano a través de la marca Softbrocke, pueda recurrir a la Audiencia Nacional en el caso de un fallo en su contra o incluso acudir finalmente hasta Luxemburgo para intentar paralizar las prácticas anticompetitivas.
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