El Supremo informa desfavorablemente sobre el indulto a Sáenz
El Tribunal Supremo, que condenó a Sáenz por un delito de acusación falsa, dijo en su informe que no apreció "la concurrencia de razones de justicia o equidad para la concesión del indulto".
Una portavoz de Santander no quiso comentar el informe del Supremo.
La fiscalía era favorable a que el Gobierno indultase la pena de suspensión para evitar que Sáenz dejase de ejercer sus actividades bancarias durante el tiempo de la condena, que, en todo caso, Sáenz no cumplirá al carecer de antecedentes penales.
A la vista del informe favorable al indulto de Sáenz por parte de la fiscalía, el alto tribunal se refiere en su informe a que en ningún caso el indulto rebase los límites del artículo 12 de la Ley de Indulto, normativa que hace alusión a los indultos parciales y conmutaciones.
La legislación española prevé que la decisión final en materia de indultos corresponde al Gobierno de la nación.
En marzo pasado, Alfredo Sáenz solicitó al Gobierno español el indulto con relación a una sentencia del Tribunal Supremo que condenaba al ejecutivo de la entidad cántabra a tres meses de arresto y de inhabilitación por un delito parcial de acusación falsa contra unos deudores de Banesto.